EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
DE UNA NUEVA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA UN PAÍS CON
SOBERANÍA, DEMOCRACIA
Y PAZ
Mesa Amplia Nacional Estudiantil – MANE Colombia
Septiembre de 2012
Exposición de motivos
de una Nueva Ley de Educación Superior para un país con Soberanía,
Democracia y Paz.
MANE Colombia 2012
TABLA DE CONTENIDO
TABLA DE CONTENIDO
.....................................................................................................................................................
1
PRESENTACIÓN
....................................................................................................................................................................
4
1. OBJETO DE LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
...............................................................................................................
6
2. CONTEXTO GENERAL DE LA PROPUESTA
...............................................................................................................
6
2.1. CONTEXTO INTERNACIONAL ..................................................................................................................................
6
2.2. CONTEXTO NACIONAL ............................................................................................................................................
7
2.3. CRISIS DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR ......................................................................................................................
9
2.3.1. Educación Técnica, Tecnológica y Formación Profesional
............................................................................ 16
3. ALCANCE DE LA PROPUESTA
...............................................................................................................................
19
4. OBJETIVOS DE LA PROPUESTA
.............................................................................................................................
19
5. NUESTRA PROPUESTA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
.......................................................................................
20
5.1. EL PAÍS QUE QUEREMOS
................................................................................................................................
20
5.2. LA EDUCACIÓN SUPERIOR QUE QUEREMOS
............................................................................................
21
5.2.1. CARÁCTER DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
................................................................................................
21
UNIVERSAL Y POPULAR ....................................................................................................................................................................
21
DEMOCRÁTICA
.......................................................................................................................................................................................
21
DERECHO FUNDAMENTAL Y BIEN COMÚN
..............................................................................................................................
22
DERECHO FUNDAMENTAL
................................................................................................................................................
22
BIEN
COMÚN............................................................................................................................................................................
22
PLURAL Y CRÍTICA
...............................................................................................................................................................................
23
5.2.2. SISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
..........................................................................................................
24
5.2.2.1. Definición de educación superior
...............................................................................................................................
24
5.2.2.2. Estructura organizativa que requiere el sistema de
educación superior ............................................... 25
5.2.2.2.1.
Articulación al interior del sistema
.........................................................................................................
26
5.2.2.2.2.
Funciones del sistema
..................................................................................................................................
27
5.2.2.2.3. Papel
del estado al interior del sistema
.................................................................................................
27
5.2.2.2.4.
Direccionamiento del sistema ...................................................................................................................
28
5.2.2.2.5. Relación
del sistema de educación superior con la sociedad.
...................................................... 28
5.2.3. PRINCIPIOS RECTORES ..................................................................................................................................
29
AUTONOMÍA
............................................................................................................................................................................................
29
Aspectos de la
autonomía
...................................................................................................................................................
30
Democracia y
cogobierno
..............................................................................................................................................
30
Financiación
estatal de la educación
..........................................................................................................................
30
Exposición de motivos
de una Nueva Ley de Educación Superior para un país con Soberanía,
Democracia y Paz.
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Libertad de cátedra
..........................................................................................................................................................
30
Libertad de
aprendizaje..................................................................................................................................................
30
Libertad de
asistencia
.....................................................................................................................................................
30
Libertad de
investigación ..............................................................................................................................................
30
Libertad de
expresión, organización y movilización
...........................................................................................
31
Autonomía del
campus (extraterritorialidad)
.......................................................................................................
31
DIGNIDAD EDUCATIVA
......................................................................................................................................................................
31
CALIDAD EDUCATIVA
(en el marco de la ‘dignidad educativa’)
......................................................................... 31
Sujetos que construyen
calidad educativa
...................................................................................................................
32
Comunidad educativa
......................................................................................................................................................
32
Papel del
Estado.................................................................................................................................................................
32
La sociedad ..........................................................................................................................................................................
33
Aspectos de la
calidad educativa .....................................................................................................................................
33
1. Niveles de
democracia interna, elaboración de políticas y toma de decisiones
.................................. 33
2. Integralidad de
los procesos ....................................................................................................................................
33
3. Comunicación
pública
................................................................................................................................................
33
4. Docencia y
condiciones laborales
...........................................................................................................................
33
5. Investigación y
proyección de la investigación .................................................................................................
34
6. Proyección
social de las IES (extensión)
..............................................................................................................
34
7. Garantía de la
calidad:
................................................................................................................................................
34
8. Base tecnológica
............................................................................................................................................................
34
Procesos de
evaluación, autoevaluación y acreditación
.........................................................................................
34
Evaluación y
autoevaluación
........................................................................................................................................
35
BIENESTAR
..............................................................................................................................................................................................
37
Financiación del
bienestar
.................................................................................................................................................
37
GRATUIDAD
.............................................................................................................................................................................................
38
PLURALIDAD ...........................................................................................................................................................................................
38
5.2.4. FINES DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
..........................................................................................................
38
5.2.4.1. EDUCACIÓN SUPERIOR Y
CONOCIMIENTO...........................................................................................................
38
5.2.4.2. FUNCIONES MISIONALES .............................................................................................................................................
39
DOCENCIA
.................................................................................................................................................................................
40
INVESTIGACIÓN
.....................................................................................................................................................................
40
PROYECCIÓN SOCIAL
(EXTENSIÓN)
..............................................................................................................................
41
6. MARCO FINANCIERO SOBRE EL QUE SE SOPORTA NUESTRA PROPUESTA
.......................................... 42
6.1. ASPECTOS GENERALES DE LA PROPUESTA DE FINANCIACIÓN
......................................................... 43
6.2. POSIBLES FUENTES DE FINANCIACIÓN
.....................................................................................................
44
Exposición de motivos
de una Nueva Ley de Educación Superior para un país con Soberanía,
Democracia y Paz.
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6.3. CRITERIOS PARA EL MANEJO DE LOS RECURSOS DE LA EDUCACIÓN
SUPERIOR ........................ 45
6.3.1. IES públicas .........................................................................................................................................................................
46
6.3.2. IES privadas
........................................................................................................................................................................
47
7. MARCO JURÍDICO-CONSTITUCIONAL DE LA
PROPUESTA...........................................................................
47
7.1. LA EDUCACIÓN SUPERIOR COMO DERECHO FUNDAMENTAL
........................................................... 48
7.2. LA EDUCACIÓN SUPERIOR COMO BIEN
COMÚN......................................................................................
50
7.3. LA GRATUIDAD Y EL ACCESO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR
................................................................ 50
Universalidad en el acceso
................................................................................................................................................................
52
Acceso diferenciado
.............................................................................................................................................................................
52
Requisitos para el ingreso .................................................................................................................................................................
52
7.4. LA AUTONOMÍA Y LA DEMOCRACIA UNIVERSITARIAS
........................................................................ 52
7.5. UNA EDUCACIÓN PARA LA SOBERANÍA, LA DEMOCRACIA Y LA PAZ
............................................... 53
SOBERANÍA
..............................................................................................................................................................................................
53
DEMOCRACIA
.........................................................................................................................................................................................
53.
PAZ
.....................................................................................................................................................................................................
54
Exposición de motivos
de una Nueva Ley de Educación Superior para un país con Soberanía,
Democracia y Paz.
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» PRESENTACIÓN
El movimiento
estudiantil agrupado en la Mesa Amplia Nacional Estudiantil, MANE, los
estamentos
educativos y los
sectores del pueblo colombiano que se han sumado a este proceso democrático de
construcción de
propuesta presentamos a la sociedad la siguiente Exposición de Motivos, donde
se
establecen los
criterios políticos, jurídicos y filosóficos que deberán regir una nueva educación
para un país con soberanía, democracia y paz.
Considerando que
Colombia requiere políticas públicas que aporten soluciones estructurales a los
graves problemas que históricamente ha afrontado la educación en el país, el presente
documento se sustenta en la necesidad de adelantar un nuevo proyecto de ley que
permita materializar una reforma democrática de la educación superior
colombiana para garantizar que ésta se constituya como un derecho fundamental y
bien común, para que responda a los intereses y necesidades nacionales y
populares.
La presente es una
apuesta política que recoge un conjunto de reivindicaciones históricas de los
procesos sociales, democráticos y populares en materia educativa, representando
así un avance para la construcción de un modelo integral de educación que
contenga nuevos medios, principios y propósitos para la educación superior. No
pretende, por consiguiente, adelantar ajustes parciales a la Ley 30 de 1992 en
tanto ésta y sus reglamentaciones profundizaron la crisis de la educación
superior. Tampoco se trata de un ajuste al proyecto de reforma de dicha ley
presentado por el Gobierno de Juan Manuel Santos y derrotado por lamovilización
masiva y creativa de la MANE junto a la sociedad colombiana durante el año
anterior, en tantosu enfoque neoliberal profundizaba la mercantilización y
privatización de la educación, convirtiéndola enun nicho para el capital
financiero y orientándola en función de un proyecto de país que en materia económica,
política y social, excluye y margina a la mayoría de la población.
Esta exposición de
motivos es el producto del trabajo mancomunado de las y los estudiantes
colombianos articulados en la MANE, los sectores académicos, étnicos,
democráticos, sociales y populares, quienes hemos asumido el compromiso con
Colombia de generar una propuesta para una nueva educación.
Este proceso
amplio, democrático y plural se ha desarrollado en dos fases: una primera que
consistió en la oposición al proyecto de reforma a la Ley 30 de Educación
Superior, y la fase actual que corresponde al proceso de construcción de
nuestra propuesta de educación. Este ánimo democrático se ha correspondido con
la forma organizativa de la MANE, pues ella es el espacio de confluencia de
múltiples mesas amplias regionales, locales, universitarias y de las distintas
IES públicas y privadas, igual que asambleas estudiantiles del país, grupos
étnicos, organizaciones nacionales, colectivos académicos, y procesos organizativos
de diversa índole; todos estos espacios, siendo el componente fundamental de la
MANE, han provisto los insumos principales para la construcción de nuestra
propuesta, los que se han armonizado mediante el proceso de recolección y
sistematización de los aportes y la información, en el que ha existido una
interacción constante desde lo regional a lo nacional y viceversa, garantizando
los principios de inclusión y construcción colectiva.
La propuesta para
la educación superior de la MANE, cuyas líneas generales se encuentran aquí
consignadas, ha
recogido multiplicidad de voluntades adicionales a las estudiantiles mediante
la creación del equipo dinamizador multiestamentario, de las comisiones
académicas intersectoriales, la realización de los cabildos, debates, foros
nacionales, y seminarios multiestamentarios e intersectoriales, así como de las
interacciones que a través de relaciones individuales se han mantenido.
El proceso de
construcción en los espacios ya mencionados ha contado con el acompañamiento,
participación y
apoyo de la academia, madres y padres de familia, organizaciones y asociaciones
sindicales, de profesores/as y trabajadores/as, grupos culturales, sociales y
políticos, así como de procesos populares que han visto en la MANE la
posibilidad de materializar una nueva educación para un país con soberanía, democracia
y paz. Lo anterior garantiza que nuestra propuesta no sólo responde a las
voluntades más nobles y al más elevado espíritu democrático, sino al rigor
académico que amerita un proyecto de esta magnitud e importancia histórica,
pues se ha nutrido del apoyo de expertos con un amplio ejercicio de debate y
crítica.
Por todo lo
anterior, nuestra propuesta de Ley de Educación Superior es democrática, además
de un claro ejercicio de soberanía y apuesta sincera por la paz, pues ha sido
elaborada a partir de la amplia participación del pueblo colombiano.
Para avanzar en la
consecución de los propósitos planteados, invitamos a todas las personas,
hombres y mujeres, hijos, padres y madres, trabajadores, directivas,
estudiantes y profesores de las IES y de secundaria, así como las diferentes
comunidades campesinas, indígenas, afrocolombianas, raizales y palenqueras; a
su vez invitamos a los diferentes procesos sociales, democráticos, políticos,
productivos y de género a sumarse a nuestra labor, a continuar con este proceso
de
construcción
democrática de una nueva Ley de Educación Superior.
1. OBJETO DE LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El presente
documento tiene como propósito fundamental establecer los criterios de orden
político,
jurídico, académico
y filosófico que permitan materializar la educación superior como un derecho
fundamental y bien
común de la sociedad colombiana, avanzando hacia la construcción de un Sistema
de Educación Superior cuyo eje principal sea la educación superior pública
garantizada y financiada plenamente por el Estado.
2. CONTEXTO GENERAL DE LA PROPUESTA
2.1. Contexto Internacional
Desde hace cuarenta
años aproximadamente, en el mundo entero se han agudizado las transformaciones en
el plano político, económico, social y cultural. La década de 1970 constituyó
una fase de ruptura con las lógicas de producción predominantes en el momento,
la contratación directa de las y los trabajadores y la garantía de sus derechos
laborales. En 1973, particularmente, la crisis de producción y del petróleo
puso en jaque al sistema económico mundial que debió adoptar el neoliberalismo
y sus distintas tácticas – profundizadas a través de los lineamientos
impulsados desde el Consenso de Washington en la década del 90–, como
mecanismos para la recuperación de la tasa de ganancia y la superación de la
crisis.
Dichos mecanismos actualmente abarcan la privatización de lo público, la financiarización1 y mercantilización de derechos como la vivienda, la salud, las pensiones, la educación y los servicios públicos, la flexibilización y precarización laborales, la doble explotación del trabajo, el reforzamiento de la división internacional del trabajo y la profundización de la dependencia y subordinación de los países de la periferia.
Dichos mecanismos actualmente abarcan la privatización de lo público, la financiarización1 y mercantilización de derechos como la vivienda, la salud, las pensiones, la educación y los servicios públicos, la flexibilización y precarización laborales, la doble explotación del trabajo, el reforzamiento de la división internacional del trabajo y la profundización de la dependencia y subordinación de los países de la periferia.
En este contexto,
el capitalismo, a través del sistema de producción generalizada de mercancías
en su fase neoliberal y la globalización obligan, además, al abandono
progresivo de las raíces culturales y étnicas, desconociéndose así los
procesos, construcciones y acumulados históricos de las múltiples comunidades que
habitan los territorios para introducirlas en las lógicas homogeneizantes
existentes en el mundo occidental y a las dinámicas y lenguajes de los países
dominantes.
En este proceso de
globalización, lo singular tiende a desaparecer, este fenómeno se evidencia,
por
ejemplo, en la
aparición de industrias culturales, atentándose así contra la libertad de
expresión y la
pluralidad y
dejando de lado las particularidades de lo local. Al poner en evidencia el
carácter impositivo del mercantilismo, se hacen visibles también sus
consecuencias, que derivan en el sometimiento de la voluntad ante el gusto
hegemónico y las industrias culturales, lo que implica un sesgo y obstáculo
para la
1 Financiarización
significa que, en el proceso económico, la lógica financiera se sobrepone a la
lógica productiva”. Ver Financiarización:
nuevo orden social y político, Artículo de César Giraldo
Profesor Asociado Universidad Nacional de Colombia
creación, el arte y
la cultura. En ese contexto, el arte se reduce a la imitación y la reproducción
ligadas al mercantilismo, con lo que se anulan las expresiones y visiones del
mundo desde las particularidades individuales y colectivas de la cultura
necesarias para transformar la realidad.
La responsabilidad
de los Estados ha disminuido y cambiado, dejando de ser el ente que debe
garantizar y viabilizar el ejercicio de los derechos, para pasar en la
actualidad a posibilitar la desregulación del mercado, la especulación
financiera y la explotación desmedida de los recursos naturales y de la fuerza
de trabajo en los distintos países. El modo de producción capitalista en su
fase neoliberal y la globalización han obligado, además, al abandono progresivo
de las raíces culturales y étnicas, desconociéndose así los procesos, construcciones
y acumulados históricos de las múltiples comunidades que habitan las naciones
para introducirlas en las lógicas homogeneizantes existentes en el mundo
occidental.
En la actualidad,
existe una competencia continua y muy marcada entre los monopolios
internacionales para dominar los nuevos mercados y nichos de producción; esto
ha configurado un panorama mundial de despojo, invasiones y conflictos
militares que evidencian lo agudo de una crisis que lejana a resolverse, ha aumentado
la dominación desde las potencias económicas para garantizar nuevos nichos de
mercado y acumulación a través de los ya mencionados fenómenos de
mercantilización y financiarización de los derechos de las sociedades y los
pueblos, constituyendo para ello a los países del llamado ‘tercer mundo’ como
espacios privilegiados de recuperación de la tasa de ganancia. De esta manera,
se han profundizado los niveles de represión contra los pueblos que en los
distintos países y territorios se levantan por sus derechos fundamentales en
justas y legítimas protestas, de las cuales el movimiento estudiantil se ha
hecho partícipe, logrando que los casos de España, Canadá, Grecia, Inglaterra,
Estados Unidos, Chile, Puerto Rico, Colombia y ahora México sean reconocidos y
apoyados internacionalmente.
2.2. Contexto Nacional
En este marco, y
para mantener el rol que el capitalismo en su fase neoliberal le ha puesto al
país, los sectores dominantes han buscado profundizar el modelo minero
extractivo, de gran plantación agrícola y de despojo de la tierra, ya sea a
través de la concentración y/o extranjerización de la misma, adoptando una vía
que traza la reprimarizacion del sector productivo y la tercerización 2 de la economía como el camino aseguir, al tiempo que se
aumentan los procesos de privatización de lo público presentes en los últimos planes
nacionales de desarrollo. Entre éstos cabe señalar los casos emblemáticos e
históricos de la salud y la educación, que luego de atravesar por un proceso
paulatino de privatización de varias décadas, se expresaron concretamente en la
Ley 100 de 1993 y la Ley 30 de 1992, como resultado de la entrada en vigor de
la apertura económica en 1990; más recientemente se mostró la misma pretensión,
esta vez con la
2 Los
conceptos de re-primarizacion y tercerización económica dan cuenta de la
relevancia que han tomado los sectores primario y terciario de la economía en
el país, a la vez que se debilitan los sectores de producción manufacturera e
industrial. Los sectores primarios abarcan las actividades que se especializan en la
extracción materias primas y recursos naturales, lo mismo que en la explotación
intensiva de la fuerza de
trabajo; el sector Terciario, incluye todas aquellas actividades que no
producen mercancías, pero que son necesarias para el funcionamiento de la economía, por
ejemplo el comercio, los transportes, los restaurantes, las comunicaciones, los
hoteles, los servicios
financieros, el ocio, los servicios de educación, los servicios profesionales,
la administración pública, los servicios públicos entre otros.
administración de
justicia y la derrotada reforma a la Justicia.
Esta política de privatización se lleva a cabo mientras se restringen los
derechos de la población y se disminuye el presupuesto nacional para el gasto social,
se aumentan desmedidamente los rubros para el pago de la deuda pública, la
guerra y el desarrollo militar, a la par que se otorgan beneficios y exenciones
tributarias a las transnacionales y monopolios.
En el TLC, en el
Artículo 12 sobre Trato Nacional, el Estado encubre una maniobra dirigida a
acelerar el proceso de desfinanciación de la educación superior pública, sumada
a la promoción de una competencia perversa con instituciones extranjeras
guiadas por el "ánimo de lucro. El artículo 11.4 sobre acceso a los mercados,
no restringe tipos específicos de personerías jurídicas, abriendo la
posibilidad del establecimiento de universidades con ánimo de lucro. Al abrirle
paso al ánimo de lucro en la educación superior se acepta que existan
instituciones que tengan como fin el usufructo, primando éste sobre los objetivos
de garantizar la educación como derecho fundamental y bien común, que requieren
una adecuada financiación para su pleno cumplimiento. Además, la cláusula sobre
supresión de requisitos de desempeño en el artículo 10.9, niega cualquier
posibilidad que tenga el Gobierno nacional para regular el desempeño de la
prestación de servicios, imposibilitándolo para ejercer vigilancia y control
sobre las garantías para la calidad a las IES extranjeras; además, elimina
cualquier posibilidad de transferencia tecnológica, violando la autonomía
propia del Sistema de Educación Superior y la responsabilidad de construir
calidad educativa.
La entrada en
vigencia del Tratado de Libre Comercio con los EE.UU. y la negociación de otros
tratados constituyen evidencias tanto de la intención de recolonización del
país, como de las profundas diferencias existentes entre el proyecto que los
sectores dominantes tienen para Colombia y las aspiraciones de soberanía,
democracia y paz del movimiento social, popular y democrático que por medio de
sus expresiones organizadas, ha luchado en las calles por la defensa de los
derechos que pretenden ser mercantilizados y contra la pretensión de la unidad
nacional de uniformar la vida política del país a través de la cooptación y la
represión.
Po su parte, el
Plan Nacional de Desarrollo del actual Gobierno con las cinco locomotoras
(infraestructura, vivienda, agro, minería e innovación) tiene, entre otras,
cuatro implicaciones muy serias que es importante señalar. En primera
instancia, con el fomento de la explotación minero-energética se consiente la expropiación
de los recursos naturales por parte de empresas transnacionales y monopolios a
los que el Gobierno nacional otorga una serie de garantías y exenciones en el
marco de la confianza inversionista.
En segundo lugar,
dado que la concepción de país que se encuentra en la idea territorial
expresada en el PND se asimila al propósito de dar el país en concesión, se
legitima la gran propiedad sobre la tierra al institucionalizar el gran
latifundio e impulsar su extranjerización, que ha generado el despojo a los habitantes
del campo y la inequidad social en todo el país. En tercera instancia, la sostenibilidad
fiscal comoprincipio de ordenamiento jurídico, político y económico del país,
prioriza el gasto del presupuesto estatalen el pago de la deuda pública
–interna y externa– y el gasto en guerra, dejando de lado la garantía de losderechos
de las y los colombianos que hace varios años vienen siendo privatizados y
negociados.
Por último, y dada
la continuidad de la política de seguridad democrática se reafirma la salida
militar a laguerra.
En consecuencia,
las políticas gubernamentales actuales atentan contra los principios de
autonomía y calidad de la educación superior colombiana, teniendo en cuenta que
para el Gobierno de Santos, ésta debe ser funcional a las cinco locomotoras, a
la incursión del gran capital financiero, la venta de recursos naturales y la
política de despojo y miseria que han engendrado un país cuyo dueño es la gran
empresa privada extranjera mientras se legitima dicho estado de cosas a través
de la fuerza y la cooptación.
A las problemáticas
producto de la presente coyuntura, se unen también las dificultades históricas
del país entre las que cabe destacar: la concentración generalizada de la
tierra y la renta de la misma en pocas manos, la pauperización de las
condiciones de vida de las comunidades étnicas y campesinas, la existencia de
fuertes estructuras patriarcales y confesionales que excluyen productiva y
políticamente a los sectores LGBTI y a las mujeres (Según el DANE, las mujeres
son quienes tienen menores garantías educativas y laborales3), el racismo estructural, la
intención gubernamental de mantener el conflicto existente, el fortalecimiento
de las políticas de confianza inversionista, la política de represión y
violación sistemática de los DDHH, las libertades democráticas y la
criminalización de la protesta social por parte del Estado colombiano, la
securitización4 de la vida
cotidiana y la creciente desigualdad social que se evidencia en la posición
ocupada por Colombia como el tercer país más desigual del mundo con un
coeficiente igual a 0,585.
En este contexto,
La MANE saluda el proceso de diálogo entre el Gobierno colombiano y la insurgencia
como un paso
importante para la solución política al conflicto. Continuamos exhortando, como
hemos hecho desde el surgimiento del proceso de la MANE y su Programa Mínimo, a
la salida política de dicho conflicto, reconociendo que las amplias mayorías
del pueblo colombiano han clamado por la solución política en contravía de la
degradación de la guerra y las soluciones de corte militarista.
2.3. Crisis de la Educación Superior
La situación actual
de la educación nacional y la crisis por la que atraviesa están relacionadas,
por otr aparte, con factores de orden nacional e internacional inscritos en la
mediana y larga duración histórica, es decir que ésta es un producto de las lógicas
financieras y mercantiles propias del periodo neoliberal, así como del
capitalismo dependiente y oligárquico que se ha configurado históricamente en
el país. Los sectores dominantes han otorgado poca o nula importancia al
fomento de la educación, siendo incapaces de articular y dar coherencia a la
relación entre sus distintos niveles (preescolar, primaria, secundaria y superior),
de este modo, la educación se ha construido como un proceso elitista,
excluyente y orientado por los organismos de crédito multilaterales y
monopolios internacionales, desvinculadose así de las
3 Véase
http://www.razonpublica.com/index.php/recomendado/900-la-discriminaciaboral-tiene-cara-de-mujer.html.
4 La
securitización es la “inscripción de temas en la agenda de seguridad como
consecuencia de la incapacidad o (falta de) voluntad política de abordarlos
dentro de los marcos políticos y jurídicos normales”. Se trata de la ampliación
del concepto y la agenda de seguridad a aspectos que deben ser abordados en el
ámbito de lo político, económico, social y ambiental. Está demostrado que el
auge de las políticas de “securitización” no resuelve los conflictos sociales,
sino que los aumenta al promover como contrapartida la proscripción de la
posibilidad de disentir, impedir el acceso de las personas al goce de sus
derechos civiles y políticos, así como a los derechos sociales económicos y
culturales. Véase “Criminalizar la protesta y
el inconformismo para "securitizar" la universidad” de Frank Molano Camargo.
Disponible en http://elmacarenazoo.es.tl/CRIMINALIZAR-LA-PROTESTA-Y-EL-INCONFORMISMO-PARA--g-SECURITIZARg--
LA-UNIVERSIDAD-.-.htm
5 “La
inequidad de ingresos entre la población colombiana también quedó establecida
por el alto valor (58,5) del coeficiente de Gini. Según este, Colombia es el
cuarto país del mundo más inequitativo en ingresos, después de Comoras, Haití y
Angola.”
http://www.unperiodico.unal.edu.co/vpp/article/treinta-anos-estancados-en-desarrollo-humano.html
Véase también el Informe de
Desarrollo Humano de 2011 http://hdr.undp.org/es/informes/mundial/idh2011/descargar/es/
necesidades e
intereses nacionales y populares. La educación colombiana ha estado marcada por
una tendencia histórica de autoritarismo y antidemocracia que se ha agudizado
en el marco del conflicto colombiano, del neoliberalismo y, además, del
fortalecimiento del modelo homogeneizador que ha requerido hacer de ésta un
instrumento funcional a sus intereses expresados a través de una serie de
políticas desarrolladas en las IES, que se han caracterizado por la ausencia de
democracia y autonomía, lo que ha limitado los espacios de participación, movilización y
organización dentro y fuera de las mismas.
El neoliberalismo,
en cuanto a la financiación de la educación superior, se evidencia en dos
formas concretas. En
primer lugar, la profundización de la desfinanciación de la oferta, es decir
menos recursos para las instituciones públicas, y en segundo lugar, el aumento
del incentivo a la demanda a través de programas de crédito y de sostenimiento
promovidos por el Banco Mundial y agendados fundamentalmente
por el ICETEX.
La primera
consideración respecto al tema concierne a los rubros del Presupuesto General
de la Nación, puesto que las dos prioridades de este son la deuda pública y el
presupuesto en seguridad y defensa: Para el año 2012, el 26% del presupuesto
estaba destinado al servicio de la deuda, resaltando que el 49% de ello correspondía
al pago de intereses de la misma; en cuanto al gasto en seguridad y defensa,
para el mismo año representó el 18%. Esto quiere decir que alrededor del 44%
del Presupuesto General de la Nación se está destinando a estos dos rubros
sacrificando y dejando de lado los gastos fundamentales para el bienestar de la
población.
Cabe señalar que
pese a que en la primera década del siglo XXI el crecimiento del PIB fue del
36% y del presupuesto de la Nación en un 57%, la inversión en el Sistema de
Universidades Estatales tan solo creció un 5,73% mientras que el gasto en
seguridad creció en un 66% y el monto en el pago al servicio de la deuda se
duplicó en 9 años6.
El gasto público en
educación superior en relación al PIB se ha mantenido constante en toda la primera
década del siglo XXI, correspondiendo aproximadamente al 1%. En un análisis más
detallado sobre el destino de este gasto público en educación superior, se
encuentra que el aporte a la oferta educativa ha ido disminuyendo como
porcentaje del PIB, pasando de un 0,55% en 2003 a un 0,49% aproximado en 2011.
Esto es, en gran
parte, la causa de los problemas del Sistema de Universidades Estatales. Al
mismo tiempo, el porcentaje del gasto público en educación superior destinado a
la oferta, es decir a las instituciones educativas, disminuyó: En el 2000, los
aportes a la oferta representaban el 60% del gasto público, mientras que en el
2011 representaron únicamente el 40%. Esta inversión en la prioridad del gasto
público en educación superior demuestra que el interés de las políticas
neoliberales en educación es darle cada vez más prelación al incentivo a la
demanda, pues éste pasó de representar el 40% al 60% del
6 Véase
La deuda externa en
Colombia y su efecto en el producto interno bruto en el periodo de 1988-2008 de Carlos Alberto Orozco
Gómez. Disponible en http://www.bdigital.unal.edu.co/5830/1/7706529.2012.pdf
gasto, cumpliendo
por completo las exigencias y objetivos de los préstamos del Banco Mundial con
el ICETEX en los que se plantea la redefinición de esta entidad como financiera
en su totalidad.
Por otro lado, El
marco jurídico establecido en la Ley 30 estipula que el aumento de los aportes
estatales a la educación superior debe ser igual al índice de Precios al
Consumidor (IPC) como mínimo, lo que implica que el Gobierno nacional puede
disponer de recursos adicionales para la educación. Sin embargo y de forma
grave y reiterada, los gobiernos han desconocido esta disposición asignando los
recursos para las universidades por debajo del IPC entre los años 2001 y 2004.
El peor comportamiento del Gobierno Nacional se dió entre el 2004 y el 2005
cuando los aportes decrecieron en términos corrientes, es decir, el dinero
girado a las universidades fue menor al año anterior desconociendo la
inflación.
Esta
desfinanciación en en la que el Estado ha sumido a las instituciones estatales
ha causado que éstas “diversifiquen” sus fuentes de recursos, así, mientras que
en 1993 el 84% de los ingresos de las instituciones provenían directamente de
dineros del Estado, en el 2008 ya se acercaban a tan sólo al 50%, obligando a
las instituciones a aumentar la consecución de recursos propios a través del
cobro de matrículas, que pasaron de representar el un 7% al 14%. Además se
afectó la autonomía educativa a través del condicionamiento de nuevos recursos
a indicadores de gestión y la inserción de funcionarios externos al ámbito
educativo en los órganos de dirección y gobierno educativo, y se impusieron
modelos de evaluación y certificación de la calidad elaborados mayoritariamente
por entidades multilaterales de crédito bajo lógicas empresariales y de
satisfacción al consumidor que no permiten la realización plena de los fines
misionales de la educación superior.
El Gobierno ha
realizado, además, modificaciones normativas que han aumentado los gastos de
nómina y funcionamiento de las instituciones educativas, sin embargo, éstas no
han correspondido con la trasferencia adecuada de recursos por el mismo. Estas
modificaciones significaron, para el año 2011, 700.000 millones de pesos
aproximadamente, de los cuales 260.000 millones provienen del Decreto 1279 del
2002 que aumentó los salarios de los docentes y reglamentó un sistema de puntos
salariales; 250.000 millones que provienen de las reformas normativas
referentes a las cotizaciones patronales en las pensiones; y 190.000 millones
restantes que provienen de diferentes factores como el aumento en las cotizaciones
para la salud y el decreto que puso en igualdad de condiciones laborales a los
docentes y personal administrativo que trabajan por contrato, al obtener
salarios en las mismas condiciones que el personal de planta.
Esta penosa
situación se ha intentado disimular con medidas temporales, como es evidente en
las últimas declaraciones del Ministerio de Educación Nacional, en las que se
anuncian 2,4 billones de pesos contemplados en el Presupuesto General de la
Nación para las universidades públicas para el 2013 que apenas cubren el 50% de
los costos, y $150.000 millones de pesos adicionales, es decir, menos de
$250.000pesos por estudiante, sin contemplar la meta del MEN de crear 660 mil
cupos para educación superior en 4 años. Esto significa recursos insuficientes
teniendo en cuenta las necesidades, déficits, deudas y demás obligaciones en que han incurrido las universidades públicas.
Esta grave
situación financiera de la educación superior parte de un falso supuesto que
considera que la educación de calidad7 opera
con costos marginalmente decrecientes, es decir, presume que las IES pueden seguir funcionando y cumpliendo sus
funciones misionales con menores costos, lo que deja de lado las características especiales del sector
educativo que refieren a que la estructura de costos de la educación es marginalmente creciente, lo que
quiere decir que una unidad de conocimiento y de educación de calidad es más costosa que la unidad exactamente
anterior, configurándose así una situación en la que, paralelamente al desarrollo progresivo de la
Institución, deben irse aportando cada vez más recursos. Partiendo de esta característica el rezago del gasto
público en educación superior como porcentaje del PIB, resulta claramente inconveniente ya que la
cobertura bruta ha pasado de 25,6% en 2003 a un 40,3% en 2011, lo que implica que no se ha respondido
adecuadamente a las crecientes necesidades del sistema educativo.
La problemática
situación producto del desfinanciamiento de la educación pública que conlleva a
un acceso restringido, incentiva a las y los jóvenes colombianos a ver la
oferta privada como una obligación o imposición: Dado que las IES privadas
obtienen la mayor parte de sus ingresos a través del cobro de matrículas
correspondientes al 87% de sus presupuestos, éstas hacen que los y las
estudiantes recurran obligatoriamente al crédito educativo, ya que este se
convierte en la única herramienta que les permite costear las altas matrículas
y acceder a la educación superior. La política neoliberal en educación superior
supone que ésta se encuentre en la capacidad de abrirse cada vez más a las
necesidades apremiantes del sector financiero y trasnacional para ubicarse y
buscar la máxima utilidad posible. La crisis financiera internacional ha
reducido la rentabilidad en países desarrollados y en sectores estratégicos de
la economía, lo que conduce inexorablemente a que el capital financiero busque
otras actividades alternas con mayor margen de utilidad para el provecho de la
especulación financiera como es el caso de la educación.
Los préstamos
contratados con el Banco Mundial han profundizado dicha política a través de la
cual se financia fundamentalmente la línea de crédito ACCES. Estos recursos
provienen de dos préstamos con el BM, uno en 2002 y otro de 2008, en los que se
aprobaron 500 millones de dólares para el uso de la entidad.
Con esto se
demuestra con suficiente claridad que la inversión del gasto público en
educación superior que han realizado los gobiernos colombianos responde a las
necesidades del capital financiero, volviéndose exigencias taxativas para los
gobiernos antinacionales que conducen el Estado colombiano.
7 Para
mayor precisión acerca del significado del concepto de calidad contenido a lo largo de la presente Exposición de Motivos,
ver la definición de calidad educativa en el apartado de “Principios
rectores de la Educación Superior” en éste mismo documento.
Recientemente, el
Gobierno de Juan Manuel Santos y el Congreso expidieron la Ley 1547 de 2012,
donde se estipuló que los créditos para estudiantes de estratos 1, 2 y 3
tendrán una tasa de interés igual al IPC, lo que desvirtúa la afirmación del
Gobierno de que no pagarán intereses por los créditos adquiridos con el ICETEX.
Esto ocasiona que el endeudamiento llegue a nuevos sectores de la sociedad y
que el retorno nosea menor al dinero prestado por el Banco Mundial. Al respecto
vale la pena mencionar que a los estratos 4, 5 y 6 no se le modificaron las
condiciones crediticias. Esto reafirma las intenciones del Gobierno de continuar
con su política de incentivo a la demanda como forma de financiación para el
sistema de educación superior.
Como consecuencia
de esta política, el Estado colombiano tiene una obligación financiera con el
Banco Mundial, organismo multilateral prestamista del dinero que constituye los
fondos del ICETEX, el cual hasta el momento ha desembolsado alrededor de 311
mil millones de pesos. Es decir que la expedición de esta Ley ha dejado como
responsable directo de asumir el subsidio a la “tasa de interés real a cero” al
Gobierno nacional y no al Banco Mundial.
En consideración
del contexto esbozado anteriormente, la educación superior en Colombia se
encuentra en una situación de crisis que le impide responder a las necesidades
y aspiraciones de los sectores sociales, populares, étnicos y democráticos del
país dados los bajísimos niveles de cobertura y la dificultad para el ingreso a
la misma que se ilustran con el hecho de que solo el 40% de bachilleres acceda
a la educación superior y que, adicionalmente, 3 de cada 4 provenga del 40% más
rico en Colombia mientras que 1 de cada 40 provenga del 20% más pobre8. Según la UNESCO, para 2007, la tasa de cobertura de la
educación superior en Colombia era de 32,9%, encontrándose así por debajo del
promedio de América Latina y el Caribe que era de 35,1%, e incomparable con el
108,7% de Cuba, el 80,9% de Puerto Rico, el 63,3% de Uruguay y el 78,1% de Venezuela9. Según Estadísticas del Ministerio de Educación Nacional,
el aumento de la cobertura para la educación superior entre 2002 y 2009
representó la generación de sólo 200.000 nuevos cupos en educación
universitaria y de apenas 34.900 en educación técnica y tecnológica, mientras
que anualmente se gradúan alrededor de 625.466 Bachilleres10. En cifras más precisas, la cobertura de educación media
pasó del 57.4% al
75.8% entre 2002 y 2009 (18 puntos porcentuales) mientras que la educación
superior pasó del 24.4% en 2002 al 35.5% en 2009, es decir, aumentó únicamente
11 puntos porcentuales.11
8 Equidad social en el acceso
y permanencia en la universidad pública determinantes y factores asociados. Sánchez Fabio, Quirós
Margarita, Reverón Carlos, Rodríguez Alberto.
9Véase
el ANÁLISIS DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, SUBDIRECCIÓN DE
DESARROLLO SECTORIAL. Universidad
Tecnológica de Pereira. 2010.
10Véase
Sistema educativo colombiano: comenzar por el principio, Francisco Cajiao,
FENALPROU. Artículo Web disponible en
http://www.fenalprou.org.co/debate-ley-30/academia/383-sistema-educativo-colombiano-comenzar-por-el-principio-.html
11Véase
Educación Superior en Colombia: Cobertura y relevancia. Sergio Clavijo.
Ministerio de Educación Nacional. Artículo web
disponible en
http://www.mineducacion.gov.co/observatorio/1722/article-244352.html
Las tasas de
deserción por cohorte en los distintos niveles de educación superior son
igualmente desalentadoras:
para 2008 la tasa de deserción en la educación universitaria fue del 44, 2%;
para la educación
tecnológica, del 57,8% y para la educación técnica, del 67%.
Sobre la base de
las dramáticas cifras de cobertura y deserción de la educación superior en
general, es necesario precisar que las estadísticas de deserción en el sector
público han aumentado acercándose a la del
sector privado de baja calidad, lo que evidencia el encarecimiento de la
educación pública y el debilitamiento del sector, poniendo de presente el
carácter excluyente de la educación superior del país.
Nos enfrentamos,
por tanto, a un sistema educativo que excluye e impide el acceso de gran parte
de la población colombiana mediante diferentes mecanismos como la segregación y
el servicio militar.
La Constitución de
1991, al consignar la educación superior como un servicio, dejó instalado el
marco jurídico de acción para el neoliberalismo y su intromisión en todos los
aspectos de la vida nacional. Sobre esta base, se implementó la Ley 30 de 1992
que debilitó la dirección y orientación estratégica de la educación superior e
introdujo la desregularización necesaria para el consiguiente proceso de
privatización y mercantilización, dando así un lugar privilegiado a las
instituciones privadas de todo orden para ofertar la educación, por ende, el
crecimiento y expansión de la oferta de educación superior han estado guiados, no
por las necesidades de construir un proyecto de Nación autosuficiente, soberana
y autodeterminada, sino por intereses particulares –ya se trate de las demandas
de uno u otro sector económico o de las presiones de gamonales regionales– que
pueden evidenciarse en las agendas de investigación definidas por las IES y el
recién creado Sistema General de Regalías, lo cual muestra que éstos ven en las
instituciones públicas de educación superior, fortines clientelistas para
administrar favores y saquear el erario público.
En consecuencia, la
comunidad educativa, que es quien debería construir la política pública de
educación para encaminarla a la satisfacción de los intereses nacionales y
populares, ha dejado de tener la capacidad de incidir y decidir acerca de los
rumbos de la educación superior.
Las consecuencias
de la Ley 30 se expresan en las distintas dimensiones y componentes de la
educación superior: por una parte, se mantienen congelados los recursos para la
universidad pública, conllevando esto la disminución de los recursos por
estudiante y para infraestructura así como de los rubros para bienestar
estudiantil.
El Gobierno
colombiano adeuda, a la fecha, un billón de pesos a las instituciones
educativas del país y se mantienen las brechas excesivamente amplias entre las
instituciones de carácter regional y las de orden nacional.
AÑO 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011
U.
Nacionales 814.892 882.765 951.520 1.015.427 1.066.833 1.150.040 1.213.830
1.234.328
U.
Territoriales 605.056 624.359 662.662 690.728 125.873 198.729 846.688 860.089
TOTAL 1.419.948 1.507.126 1.614.182 1.706.155
1.792.706 1.948.769 2.060.420 2.094.417
Funcionamiento=Aporte
ordinario + Concurrencia Pensiones + Diferencia IPC + Artículo 87 + Votaciones.
El
año 2011 incluye las partidas apropiadas en el PGN.
La
bolsa del artículo 87 y votaciones se incluyen en el total del sector pero no
en la discriminación por origen
APORTES
DEL GOBIERNO NACIONAL A LAS UNIVERSIDADES DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL.
Fuente:
Ministerio de Hacienda.
La educación
universitaria prestada desde las instituciones privadas, por otra parte,
representa actualmente el 50%,
donde la gran mayoría son estudiantes con créditos estudiantiles del ICETEX o
de entidades bancarias. La educación técnica y tecnológica se encuentra, por su
parte, cada vez más precarizada, lo
cual obliga a replantear las formas en que este tipo de educación está siendo abordado
por el Estado.
2.3.1. Educación Técnica, Tecnológica y Formación Profesional
Existe un trasfondo
político claramente identificable en torno a la orientación de la educación
técnica y tecnológica y a su crecimiento. El Plan Visión Colombia 2019 señala
que en la actualidad existe un 30% de técnicos y un 70% de profesionales. Al
2019 la meta esperada es que las cifras se hayan invertido. Esto implica que la
educación técnica sea ofertada de manera exclusiva entre los sectores más
pobres de la población y que dada la elitización, el acceso a la formación
profesional sea cada vez más limitada para ellos.
A lo anterior
debemos sumarle que el enfoque dentro de la postura gubernamental sobre la formación
de técnicos y de ingenieros en el conocimiento tecnológico es precario, porque
se ha centrado en la operación de la tecnología, lo que ha imposibilitado tener
los recursos para hacer diseño, investigación e innovación, orientándonos como
un país que “ensambla”, y creando la clase de profesionales que necesita este
tipo de país.
Reflejo de esta
realidad es que se ha puesto nuestro sistema educativo al servicio de los intereses
del sector productivo que da predominio a una educación para el mundo laboral y
no para la vida. Por eso hoy más que nunca tiene vigencia reivindicar una
formación orientada al desarrollo de la conciencia social y de la capacidad de
pensarse en relación con las y los otros, entendiendo la responsabilidad de
este tipo de formación dentro de los procesos más avanzados del conocimiento,
reconociendo también la técnica y la tecnología ancestrales que adquieren
sentido por la función social y cultural que le son propias.
La situación
descrita ha llevado a que se estigmatice a las y los técnicos profesionales y
tecnólogos, existiendo un
imaginario social de desconfianza frente a los conocimientos adquiridos por los
mismos, por ello es necesario realizar acciones deliberadas que permitan
cambiar el imaginario colectivo que pesa sobre estos niveles de formación.
Se hace preciso
cuestionar la concepción de ciclo propedeútico,
pues se viene materializando bajo la idea de formación entendida “como
añadido”, es decir, el paso de un ciclo a otro de formación consiste en determinar
el número de cursos que hace falta completar para alcanzar un título. Esta
perspectiva desconoce que el paso por cada ciclo de formación debe producir
cambios ontológicos y epistemológicos.
Sobre el contexto
normativo, en el estudio que se viene haciendo sobre catorce leyes
latinoamericanas de educación y de educación superior, encontramos una clara
diferenciación entre las instituciones técnicas y tecnológicas y las
universidades. El rasgo de diferenciación es uno de los atributos más
importantes que puede tener un sistema y no se entiende cómo en Colombia no se
establece esa diferenciación.
Los rasgos de
indiferenciación a los que se quiere someter al sistema, desde el poder
gubernamental, producen un debilitamiento en su funcionamiento. Así lo podemos
apreciar en un rápido vistazo al dato estadístico que presenta el Ministerio de
Educación Nacional a través del SNIES en el que se da cuenta del crecimiento o
decrecimiento de las instituciones de educación superior en los últimos 10
años.
Tal debilitamiento
se expresa en la incapacidad del sistema de educación para operar
funcionalmente de manera autorregulada –una actividad propia del sistema–. La
autorregulación debiera mostrar un crecimiento sostenido de las instituciones
de educación superior, pero los datos muestran decrecimiento en las
instituciones de nivel técnico profesional y un crecimiento mayor que el
esperado de las instituciones universitarias.
El recorrido
histórico que se hace por las diferentes leyes que han regido la educación
superior muestra el momento en que se produce la tergiversación del Sistema con
la tendencia hacia la homogeneización. Las orientaciones normativas,
especialmente las que contempla la Ley 749 de 2002, privilegian condiciones para
la homogeneización entre instituciones de educación superior. En esta ley se
plantea que cualquier institución puede ofertar cualquier nivel de educación.
La propuesta de reforma de la educación superior planteada por el Ministerio de
Educación Nacional del 2011, hizo explícito ese proceso de homogeneización que
no es otra cosa que formalizar lo que ya se venía haciendo a través del
mecanismo de los ciclos propedéuticos (que hace posible que una institución
técnica oferte el nivel tecnológico y una institución tecnológica oferte el
nivel profesional). Es preciso reconocer que esas tres formaciones están
presentes dentro de la estructura formativa en profesiones y disciplinas.
El Ministerio de
Educación Nacional y, en general, las instituciones que hacen parte del Sistema
de educación tienen
que comprender la importancia de que las instituciones desarrollen una vocación
en la técnica, la tecnología, la ciencia o las artes que permita consolidar una
tradición de conocimiento. Una institución técnica profesional que elige formar
técnicos profesionales debe entender que una formación en la técnica implica
una mirada sobre el objeto y sus procesos de gran complejidad, es decir la
técnica es compleja, tan compleja como la tecnología y tan compleja como la
ciencia, pero nos ha costado mucho en Colombia hacer ese reconocimiento. El
hecho de que una institución elija formar en la técnica implica una alta
exigencia conceptual y de investigación para mantenerse en esa elección como
institución, y el ethos se tiene que configurar en función de esa elección.
La Ley 30 ha
favorecido también la estratificación como un elemento que ha puesto en
condiciones de desigualdad, desequilibrio, y desconocimiento de su vocación a
la formación técnica y tecnológica, pues la ha concebido como una educación de
menor calidad que la universitaria, desconociendo su importancia para el
desarrollo del país como un elemento no menor si no diferente, tanto desde los
tipos de instituciones, como desde las modalidades y los campos de acción,
situación que esta propuesta pretende solucionar.
La educación que
imparte el SENA actualmente, bajo la mal llamada educación para el trabajo, promueve la formación
de mano de obra barata, con baja cualificación y funcional al modelo de
desarrollo. En contraposición a ello, debe otorgarse a las y los colombianos
una formación profesional que sea integral, gratuita y de calidad, que
contribuya a la formación de sujetos críticos y al cumplimiento de los
intereses nacionales y populares. Es importante resaltar la relevancia que ésta
institución ha revestido para las y los trabajadores y la sociedad colombiana.
Ante esta
situación, la propuesta de educación superior presentada por el Gobierno de
Santos pretendía el recrudecimiento de la crisis presupuestal de la educación
superior al profundizar los lazos de dependencia de la financiación de la
educación superior con las instituciones financieras y el crédito –a través del
FODESEP, FINDETER y el ICETEX–, tendiendo a cambiar drásticamente la relación
entre los aportes de la Nación y los gastos reales de las IES, dando así la
estocada final a la educación superior pública en Colombia. No obstante, y en
contra de esta pretensión, el estudiantado y los demás sectores sociales, democráticos
y populares, reconociendo que la Ley 30 de 1992 y la 749 de 2002, han
significado el sacrificio de los principios misionales de la educación
superior, hemos reafirmado la necesidad de que el Estado garantice la totalidad
de la financiación para la educación superior pública. Por tanto la propuesta que
erijamos desde la MANE debe garantizar el derecho a la educación por medio de
la financiación clara a la oferta educativa, desmontando el negocio que el
capital financiero ha puesto sobre la educación.
Es importante aclarar
que en el transcurso del año 2012 el Gobierno de Juan Manuel Santos, en el
marco de sus políticas neoliberales, le ha incumplido a la MANE y al país
mediante el desconocimiento de la MANE como interlocutor válido del movimiento
estudiantil ante la sociedad colombiana y el curso de iniciativas legislativas
que pretenden reformar la educación superior aún cuando se había comprometido a
no hacerlo tras las movilizaciones del 2011. Esto ha generado una violación
permanentemente los derechos humanos y las libertades democráticas de
estudiantes, docentes y trabajadores y trabajadoras, y una profundización del
déficit financiero de las universidades el cual, según cifras del SUE, ya
alcanza 11 billones de pesos al finalizar el año 2011.
3. ALCANCE DE LA PROPUESTA
Colombia precisa de
políticas públicas que logren solucionar los problemas estructurales que
aquejan a la educación superior. En este sentido, la presente Exposición de
Motivos y la propuesta de Ley de Educación Superior constituyen un eslabón para
potenciar y avanzar en la materialización de la educación superior como un
derecho fundamental y bien común, consolidando un Sistema de Educación Superior
cuyo eje sea la educación superior pública con plena financiación estatal.
Esta Ley de
Educación Superior implica la interpelación de los principales problemas que
afronta Colombia, cuestionando asimismo el modelo actual de país, el cual, por
una parte desarrolla un modelo económico que presenta inequidades en la
distribución de la riqueza, comportando altos niveles de pobreza y de exclusión
y, por otra parte, al estar fundado en una economía de libre mercado apoyada en
la guerra, cuenta con canales restringidos de participación democrática que
limitan profundamente las garantías para el ejercicio de los derechos.
Es justamente en
este contexto que la presente propuesta posibilita la construcción de un
Sistema de Educación Superior, donde las IES planteen alternativas al
neoliberalismo y aporten soluciones que contribuyan a la consecución de la
soberanía del país, la democracia
auténtica y popular, y a la búsqueda de vías para la realización de la solución
política del conflicto armado. Es decir, una educación superior que, desde su
quehacer, propenda por la resolución de las causas de los distintos conflictos
políticos y sociales que se presentan y se han presentado en el marco de
nuestra historia, avanzando hacia la consolidación de nuevas formas de gobierno
y participación.
La nueva Ley de
Educación Superior debe apuntar al fortalecimiento de la educación, la ciencia,
la técnica, el arte, las humanidades, la cultura y las fuerzas productivas,
teniendo en cuenta que para ello se debe desenvolver en las mejores condiciones
para construir un país con soberanía democracia y paz
.
4. OBJETIVOS DE LA PROPUESTA
Consolidar
la educación superior como un Derecho Fundamental e inalienable y como un Bien Común de la
sociedad colombiana.
Avanzar
hacia la construcción de una educación superior nacional con calidad educativa,
popular, científica, humanista, artística, democrática, autónoma, crítica,
intercultural, pluriétnica y antipatriarcal que
garantice la independencia tecnológica, científica y cultural de la sociedad colombiana.
Construir
un Sistema de Educación Superior que garantice su coherente articulación, funcionamiento
y orientación, tomando como núcleo central la educación superior pública con
financiación
estatal.
Avanzar
hacia la solución estructural de las problemáticas históricas de la educación
superior en Colombia.
5. NUESTRA PROPUESTA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
5.1. EL PAÍS QUE QUEREMOS
Soberanía
Entendemos la
soberanía como un acto de autodeterminación de los pueblos en el conjunto del
territorio colombiano, que rechaza el condicionamiento de agentes externos en
el curso de las diversas acciones sociales, políticas, económicas y culturales
del país. Por tanto, es un proceso que avanza hacia la construcción de
dinámicas productivas propias en armonía con la naturaleza y el territorio, el reconocimiento
de la diversidad étnica, cultural, sexual y de género y la consolidación de un
sistema político, económico y cultural independiente y autónomo. Todo esto
implica que nuestro país abogue por el establecimiento de unas relaciones
internacionales económicas, políticas y culturales de cooperación en pie de
igualdad, basadas en el beneficio recíproco y el respeto mutuo que deben
configurarse en torno a la integración de los pueblos de Latinoamérica y el
mundo.
La educación
superior, en el ejercicio de su autonomía y en el marco de sus fines
misionales, propenderá por generar programas académicos, investigativos y de
proyección social que propicien el logro de la soberanía nacional.
Democracia
Consolidar un país
con soberanía implica, a su vez, la construcción de una sociedad con democracia auténtica y
popular. Para esto es preciso que la democracia garantice el ejercicio de los
derechos y permita que la pluralidad de intereses e identidades se expresen,
participen y decidan con entera libertad a lo largo y ancho del país.
Paz
Aspiramos
construir una Nación y un país en paz y con justicia social. Es por esto que
exhortamos a la solución política del conflicto y, en el marco de la autonomía
educativa, a participar en ésta desde la academia brindando posibles salidas
pero gozando de garantías y libertades democráticas para ello. La universidad
en el ejercicio de su autonomía y en el marco de sus fines misionales
propenderá por generar programas académicos, investigativos y de proyección
social que propicien el logro de la soberanía nacional, la democracia
auténtica, la solución política al conflicto armado y de los distintos
conflictos políticos y sociales que se presentan y han presentado en nuestra
historia, así como de escenarios para la discusión en torno a la construcción
de la paz. Descalificamos además la degradación de la guerra y rechazamos
soluciones de tipo militarista que solo hacen que el país sucumba ante la
violencia.
En últimas,
Colombia necesita un modelo educativo que contribuya a dar respuestas a las
diversas problemáticas
políticas, económicas, sociales y culturales del país. Para esto, se requiere
una nueva política fiscal que coloque como salvaguarda estratégica del Estado
al bienestar social de la población antes que el financiamiento de la guerra y
el pago de la deuda pública en el marco de la crisis política, económica y social
que atraviesa el país. Esto implica que como comunidades educativas aportemos
en la definición de políticas que busquen superar, entre otras cosas, la
situación actual de las comunidades, la ciudad y el campo colombiano, por
proteger el ambiente y la naturaleza, así como ampliar las posibilidades para
una vida plena, libre y creadora. Sólo así podremos cerrar la gran brecha de
desigualdad y promover la soberanía, la democracia y la paz como estandartes de
nuestro proyecto nacional.
5.2. LA EDUCACIÓN SUPERIOR QUE QUEREMOS
5.2.1. CARÁCTER DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
Los sectores
sociales, democráticos, étnicos y populares entendemos que los elementos que se
explican y desarrollan a continuación deberán conformar una educación superior
que sea:
§ UNIVERSAL Y POPULAR
La educación
superior es universal y popular, por lo que se debe garantizar la equidad en el
acceso, permanencia,
disfrute y goce de la misma; es decir, quien quiera acceder y permanecer en la
educación superior debe poder hacerlo sin importar su condición física, étnica,
sexual, de género, social, económica, cultural y/o política. La educación
superior es, así mismo, portadora de un proyecto de país en un sentido político,
académico, económico y cultural, razón por la que está en función de las
múltiples necesidades e intereses nacionales y populares colombianos.
§ DEMOCRÁTICA
El sistema de
educación superior se construye a partir de criterios democráticos de discusión
colectiva en los procesos de elaboración, creación, potenciación, intercambio,
desarrollo, transmisión, apropiación y aplicación de los diversos contenidos y
conocimientos. Éstos se obtienen a través del diálogo entre estudiantes y
docentes, potenciando así las capacidades de transformación y creación de los
individuos y las comunidades; es decir, procurando la formación de sujetos
integrales, emancipadores y críticos.
Teniendo en cuenta
lo anterior, el sistema de educación superior debe estar en función de la
construcción de condiciones para el buen vivir
y para la posibilidad de aportar a la vida digna, entendida
ésta integralmente en sus dimensiones productiva, cultural, histórica,
artística y política; así mismo, debe reconocer el conjunto de los saberes y
formas de crear y transmitir el conocimiento.
Las instituciones de educación superior se caracterizan por ser centros académicos de debate, encuentro y lucha de ideas, es decir, escenarios donde convergen multiplicidad de saberes y posiciones académicas, políticas, culturales y sociales que discuten, se confrontan, se contraponen y construyen en el marco del diálogo, la democracia, y la libertad de pensamiento y expresión sobre la base de la autonomía. Este ejercicio crítico y democrático hace de la educación superior uno de los pilares fundamentales de la conciencia crítica de la sociedad colombiana en tanto aporta al conocimiento, reconocimiento y caracterización de los problemas del país y a la solución de los mismos, oponiéndose a cualquier forma de discriminación y opresión económica, política, étnica, religiosa o de género.
§ DERECHO FUNDAMENTAL Y BIEN COMÚN
Entendemos que el
carácter de la educación superior está compuesto de dos concepciones
estrechamente relacionadas que no pueden ser tomadas por separado, éstas son la
de Derecho Fundamental y Bien Común.
DERECHO FUNDAMENTAL
La educación es una herramienta que permite
avanzar hacia la realización social de las y los sujetos, la equidad social y
la construcción colectiva de país, esto implica que es una condición necesaria
para desarrollar las capacidades tanto colectivas como individuales que
dignifican la razón misma del ser humano partiendo de la posibilidad de
realizar su vocación como ser social. En este sentido, La educación superior,
articulada orgánicamente al sistema educativo (grado 0, básica primaria, básica
secundaria, media, entre otras) es un Derecho Fundamental de todos y cada uno
de los colombianos y colombianas que se da por naturaleza, al igual que la
curiosidad, la creatividad y la expresión, inherentes a lo humano. Así mismo,
este es un derecho pluridimensional en
tanto es condición necesaria para el goce efectivo de otros derechos sociales y
políticos. Siendo un Derecho Fundamental de la sociedad colombiana, el Estado
debe cumplir el papel de garante del acceso, las condiciones materiales (infraestructura,
planta docente y aditamentos), la permanencia y el desarrollo integral de todas
y cada una de las personas y cosmovisiones que decidan hacer parte del
Sistema de
educación superior.
BIEN COMÚN
La educación
superior es, además de un derecho fundamental, un bien común que propende por
el desarrollo de las
múltiples dimensiones del bienestar de las y los colombianos, y un proceso
humano socialmente construido que forma sujetos críticos, autónomos,
propositivos y creativos contribuyendo así a la construcción cultural y social,
siendo por ello un beneficio colectivo y de disfrute para toda la sociedad, y un
elemento insustituible para la vida individual y colectiva de las y los
sujetos, al pertenecer al campo de los derechos humanos y sociales.
El bien común, en
su correlación con el Derecho Fundamental, contiene una articulación coherente
que lo acerca al ámbito social, entendiéndolo como un espacio pluridimensional
en el que existe complementariedad
entre ambos.El bien común posee un gran acervo político y jurídico que guarda concordancia con el
marco constitucional vigente. A su vez, en conjunción con el carácter de derecho
fundamental, aporta un enfoque pluridimensional
que propende por el desarrollo social general no individualista. Se aleja
además, de las concepciones clásicas de lo público y lo privado respondiendo al
interés general y a la solución de los problemas comunes de la sociedad.
El bien común
supone un blindaje respecto a cualquier ánimo de lucro o mercantilización de la
educación mediante el control social, al ser éste una herramienta política que
hace efectivo el derecho fundamental a través de la movilización social,
buscando la democratización de la educación y propiciando una redefinición del
campo de lo público; entendiéndolo como producto de la construcción social del conocimiento
y no como ejercicio estatal unilateral, el bien común supera la concepción del
bien público y bien privado, por lo tanto, en la vía en que las IES son las
encargadas de la educación superior, el proceso educativo y el conocimiento,
éstas deben estar en función del beneficio íntegro de la sociedad.
Un bien común debe
responder, por tanto, a un proceso de democratización, es decir, los rumbos de
la educación superior deben ser definidos desde la participación de los
sujetos, individuos, colectivos, procesos organizados, expresiones culturales
y, en general, del conjunto de las comunidades educativas que componen las IES,
y de la población colombiana, puesto que la educación como derecho
es producto de las luchas sociales, democráticas, populares y culturales de
construcción, defensa y goce colectivo, entendiendo que la educación como
derecho ha sido reivindicada y defendida por procesos y construcciones
sociales, democráticas, populares y culturales.
En ese sentido, se
plantea la concepción de lo público como una propiedad que nos pertenece a
todos en tanto es construida como un bien común. Este concepto de “bien común”
separa al derecho fundamental de los derechos de propiedad y obliga al Estado,
como ente responsable, a la plena financiación fortaleciendo la financiación a
la oferta para alcanzar la universalidad y la gratuidad.
El conocimiento que
se genere dentro de las IES en el desarrollo de sus funciones misionales
(docencia, proyección social e investigación) no puede ser utilizado, por
consiguiente, de manera privativa ni puede ser transable como mercancía o como servicio;
así mismo, no es un negocio ni puede ser incluido en ningún tipo de acuerdo
comercial que tenga vigencia o se postule en el futuro.
Entender la
educación como un bien común no significa la homogenización del conocimiento:
es común porque implica una
necesidad humana generalizada encaminada al buen vivir, entendiendo la
diversidad de ideas y la pluralidad a la cual debe atender el Estado. En ese
orden de ideas, es también importante ubicar las dimensiones apropiadas por el
bien común, estas son: la material e inmaterial. La primera referente a las
condiciones necesarias para el desarrollo del proceso educativo, sin que ello
implique la afectación de su rol jurídico y la propiedad material, y la
segunda, reflejada en el proceso educativo en sí.
Concebir la
educación como Bien Común es una lucha política que abre la discusión en la
defensa de otros bienes comunes que trasciende del criterio individualista
hacia lo que debe ser legítimamente construido y defendido por el interés
general.
§ PLURAL Y CRÍTICA
Reconociendo que el
conocimiento se construye en el marco de un lugar y un momento histórico, lo
crítico es entendido como una acción que cuestiona lo prestablecido impulsando
la superación de los problemas de la humanidad, el conocimiento y la sociedad
para dignificar la vida. Esta acción se realiza a través de procesos
respetuosos con la naturaleza y el entorno social. Es plural y diversa en la
interacción de las ideas, los orígenes, las culturas, saberes y disciplinas; el
debate y su acción desde una interpretación dinámica de la realidad. En ese
sentido, la consecución de un proyecto de educación debe entenderse en el marco
de la multiplicidad de saberes, reconociendo el acervo ancestral, científico e
histórico del conocimiento, que procede a su desarrollo dialógico12 garantizando la independencia tecnológica, epistémica y
cultural de la sociedad colombiana.
Todo lo anterior,
debe darse en el marco de cumplimiento de las funciones misionales de las IES y
de la autonomía propia de la educación superior, permitiendo a los sujetos y
las colectividades tener una comprensión compleja, diversa y transformadora de
la realidad, capaz de responder a las problemáticas que se le presenten y de
formular nuevos conocimientos.
5.2.2. SISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
La transformación
del modelo de educación superior está encaminada a crear un Sistema de
Educación Superior abierto, integrado, diverso, heterogéneo y dinámico, en el
que confluyan en sinergia el conjunto de instituciones de educación superior
diferenciadas por su misión, entidades, órganos asesores y la comunidad
educativa. El sistema debe reconocer las necesidades y potencialidades de las
dinámicas locales y regionales de cada una de las instituciones de educación
superior, con el objetivo de garantizar la calidad educativa, bienestar
integral, autonomía y democracia, teniendo como condición una financiación adecuada.
El Sistema de
Educación Superior debe ser, así mismo, diverso, pluriétnico, intercultural y
crítico, haciendo posible el reconocimiento de
la diversidad de saberes y prácticas en las ciencias, las artes y las
humanidades presentes en las distintas IES, avanzando en la construcción de una
sociedad plural, democrática, creativa y transformadora.
La educación
superior en el marco del sistema de educación colombiano debe proyectar una
articulación orgánica a mediano y largo plazo, entre los distintos niveles de
educación (prescolar, primaria, secundaria y media) con base en los mismos
principios sobre los cuales hoy estamos fundamentando la educación superior
para el país.
5.2.2.1. Definición de educación superior
La educación
superior es un proceso que reconoce el desarrollo de la capacidad crítica,
creadora y transformadora de
los sujetos, así como la pluralidad de los contextos, los territorios y los
saberes. Además es portadora de un proyecto académico, político, social y
cultural de país. La educación superior garantiza la apropiación, construcción,
creación y producción de conocimiento; la formación de sujetos políticos que participen
de manera activa en la transformación de la realidad, la cultura y en la
solución de las necesidades de la sociedad a través de las funciones misionales
de docencia, investigación y proyección social.
La educación
superior, como parte constitutiva del Sistema de educación, tiene como
elementos indispensables el
ejercicio pleno de la autonomía y de la democracia en el conjunto del Sistema;
así como al interior de las instituciones que lo conforman.
5.2.2.2. Estructura organizativa que requiere el sistema de
educación superior
Colombia debe
avanzar hacia la construcción de un sistema de educación superior democrático,
autónomo y universal de modo tal que pueda revertir la tendencia negativa entre
instituciones privadas y públicas, que ha puesto a éstas últimas en situación
de minoría y desventaja. Por esto, el Sistema de Educación Superior debe
propender por el fortalecimiento de su componente público, evitando la
instalación del ánimo de lucro en la educación superior en general.
Si bien el Sistema
de Educación Superior estará formado por diversos tipos de instituciones de
educación superior, entidades y demás órganos, éste tiene como base fundamental
la educación pública estatal, sobre el cual las demás instituciones realizan
contribuciones significativas al logro de los propósitos comunes. De este modo,
se posibilitará el reposicionamiento de las instituciones públicas de educación
superior en el ámbito nacional e internacional aumentando significativamente su
participación en la matrícula total, la producción y creación científica,
técnica, tecnológica, artística, humanista y cultural, el diseño de políticas para
la educación y el aporte al desarrollo de la Nación colombiana.
La propuesta de
nueva Ley de Educación Superior asume que la dimensión de lo público como
espacio colectivo garante de los derechos individuales y colectivos es una
obligación primordial del Estado. El carácter público de la misma no se
restringe exclusivamente a la financiación estatal de ésta aunque esto sea
imprescindible, sino que apunta a que la base fundamental de la política
pública de educación superior se estructure sobre un sector público más
fortalecido y dinámico. En este marco, el acceso a las IES privadas como parte
del Sistema de educación superior debe ser una elección libre y no una necesidad
derivada de la crisis de las instituciones públicas y el incentivo a la
demanda. En este sentido, dichas IES deben ser reguladas por el Estado,
propendiendo desde su autonomía por la disminución de los costos de matrícula y
la democratización en la participación libre de los estamentos educativos,
asumiendo así la función propia de las IES de cumplir los propósitos de la
educación superior en concordancia con sus fines misionales. Las instituciones
de carácter privado sin ánimo de lucro, junto con las demás entidades, complementarán
el Sistema de Educación Superior.
Por otra parte, es
imperativo que en el contexto de un nuevo modelo de educación superior que
reconozca y responda a la diversidad étnica y cultural del país, se constituyan
instituciones de educación superior que permitan rescatar dentro del sistema
educativo los conocimientos étnicos, culturales y ancestrales, respetando el
principio de autonomía de las IES. En primer lugar, se deben fortalecer, crear
y financiar adecuadamente las instituciones de los pueblos indígenas, negros,
afrocolombianos, palenqueros y raizales, en tanto son reivindicaciones
democráticas de los grupos étnicos, concebidas epistemológicamente desde los
sistemas de conocimiento y educación propia; éstas IES serán de carácter
público, universal y especial quedando abiertas a un diálogo intercultural. En
segundo lugar, la totalidad de instituciones de educación superior deben
desarrollarse como instituciones de educación superior interculturales,
respetando la autonomía de las IES para implementar dicho carácter.
5.2.2.2.1. Articulación al interior del sistema
La educación
superior debe entenderse por diferentes modalidades, éstas comprenden los tipos
de educación en campos
de acción y formas de aproximación al conocimiento, la técnica, la tecnología,
las ciencias, las artes y los saberes de las comunidades étnicas, indígenas y
campesinas. Con esta perspectiva, el Sistema de educación superior deberá
superar la tendencia actual a la estratificación tanto entre formas de
aproximación al conocimiento (modalidades) como entre IES, propendiendo por una
formación integral con calidad educativa. Así, cuando se haga referencia a los
niveles, se hablará dela educación básica, media y superior.
El sistema en su
totalidad estará constituido a partir de los principios rectores de la
educación superior: autonomía, dignidad educativa, bienestar, gratuidad y pluralidad.
El sistema contará
con instituciones de educación superior diferenciadas de acuerdo con los
criterios planteados anteriormente. Estas IES son:
Universidades
Instituciones
técnicas y tecnológicas
Universidades
étnicas de carácter público y especial
El sistema de
educación superior estará compuesto por IES de carácter público y privado, de
distintas modalidades, éstas tendrán participación democrática dentro del
sistema y sus definiciones. Una de las modalidades de educación que ofrece el
SENA es distinta a la brindada en las IES en cuanto a su naturaleza, objetivos
y funciones misionales, siendo su eje estructural la formación profesional integral por tanto esta
modalidad no hace parte del sistema de educación superior; sin embargo, desde
hace unos años también viene ofreciendo programas de educación técnica y
tecnológica. Esta modalidad debe orientarse al desarrollo de programas que la
educación Formal no ofrece, reconociendo las condiciones particulares en torno
a ubicación geográfica, infraestructura especializada y especificidades de la
formación, entre otras.
La comunidad
educativa del SENA, discutirá la condición actual de tal Institución y su
perspectiva en el marco del proceso programático actual.
El sistema se
articulará a su interior a través de distintos mecanismos, los cuales serán
conformados por la comunidad educativa de las instituciones. Dichos mecanismos
son:
Territorial: El sistema debe contar con espacios
de articulación local, regional y nacional, teniendo en cuenta las
especificidades de éstas.
Modalidades: El sistema contará con espacios de
articulación entre las IES por sus distintas
modalidades.
Para la construcción, creación y aplicación del conocimiento, el sistema generará una lógica interna de colaboración y no de competencia. Para ello se propone que el sistema genere articulación por campos de conocimiento, instituciones y modalidades de educación a través de redes. Éstas deben consolidar y fortalecer la construcción de conocimientos, fundamentándose en el desarrollo de investigaciones con perspectiva social y con la premisa de constituir el más amplio proyecto de producción científica, artística, humanista y cultural.
El Sistema de
Educación Superior debe articularse con el Sistema de Ciencia, Tecnología e
Innovación, de manera que se integre con el desarrollo científico -
tecnológico.
5.2.2.2.2. Funciones del sistema
En el marco de la
autonomía, como elemento transversal, el Sistema de Educación Superior tendrá a
su cargo las siguientes funciones:
Propender
por el desarrollo del sistema en su conjunto, de manera equitativa,
disminuyendo las disparidades
regionales actuales de las IES, fortaleciendo las instituciones regionales y
sus
proyectos
académicos.
Definir la política pública de educación superior.
Autorregular
el Sistema.
Impulsar
y desarrollar las distintas áreas del conocimiento, ciencia, tecnología y
técnica, arte y
humanidades en el
conjunto del territorio nacional para fortalecer la proyección social de la
educación superior
y el conjunto de sus funciones misionales.
Papel del estado al interior del sistema
El Estado tendrá el
papel de garantizar, más no decidir al interior del SES:
1. Las condiciones materiales para el
desarrollo de las definiciones del SES
2. La educación superior como derecho
fundamental y bien común
3. El fomento del acceso y la
permanencia en la IES
4. El control y la vigilancia de la
calidad educativa sin violentar los principios del SES
5. La financiación plena de la ES
pública estatal
Se debe definir la
naturaleza, funciones, carácter, composición y articulación de cada una de las
entidades que componen el sistema de acuerdo a los principios y ejes rectores.
Las entidades que hacen parte del Estado y cumplen una serie de funciones
propias del SES deben reconfigurarse, reestructurarse y reformarse sobre la
base del cumplimiento de los fines, objetivos y alcances de la presente
propuesta.
5.2.2.2.3. Direccionamiento del sistema
Una de las formas
de materializar la autonomía del sistema y la democracia al interior del mismo,
es la constitución de un órgano colegiado de gobierno con representación de la
comunidad educativa y el Estado.
Este órgano, en el marco de la autonomía de las instituciones, permitirá a la comunidad educativa de todas las instituciones que componen el sistema, construir y consolidar orientaciones nacionales, partiendo de la articulación por modalidades, escenarios regionales y campos del conocimiento, respondiendo a las necesidades de la población colombiana.
Este escenario
colegiado de direccionamiento del sistema tiene las siguientes características:
1. Hace parte integral del sistema y al
igual que los demás componentes, y garantizará que la
educación superior
estatal sea el eje articulador del mismo.
2. Tiene composición mayoritaria de la
comunidad educativa sobre la cual recae la responsabilidad de la toma de
decisiones y definiciones del sistema.
3. Tiene participación democrática de
las IES que conforman el sistema
4. El Estado participa en el espacio
como garante de la implementación de las definiciones del mismo.
En cualquier caso
esta participación se hará de manera minoritaria respecto a la comunidad
educativa.
5. Tiene entre sus tareas la autorregulación
del sistema y la definición de la política pública de
educación superior.
6. Respeta y garantiza los principios
del sistema y sus ejes rectores.
5.2.2.2.4. Relación del sistema de educación superior con la
sociedad.
El órgano colegiado
de gobierno del sistema requiere de escenarios que propongan y viabilicen los propósitos
establecidos democráticamente por las comunidades educativas de las diferentes
instituciones de educación superior en materia de investigación y proyección
social, para atender a las necesidades de la sociedad. Para ello se establece
un órgano específico destinado para tal fin que se caracteriza por:
1. Ser un consejo amplio, democrático y
participativo.
2. Recoger las dinámicas locales,
territoriales y del conjunto del sistema
3. Mantener una relación constante con
la sociedad, los sectores sociales, populares, y productivos.
4. Formular propuestas para la discusión
de política pública en materia de investigación y proyección social.
5. Viabilizar la política pública en
materia de investigación y proyección social.
La transformación
del modelo de educación superior está encaminada a crear un Sistema de
Educación Superior abierto,
integrado, diverso, heterogéneo y dinámico, en el que confluyan en sinergia el
conjunto de instituciones de educación superior diferenciadas por su misión,
entidades, órganos asesores y la comunidad educativa. El sistema debe reconocer
las necesidades y potencialidades de las dinámicas locales y regionales de cada
una de las instituciones de educación superior, con el objetivo de garantizar
la calidad educativa, bienestar integral, autonomía y democracia, teniendo como
condición una financiación adecuada.
El Sistema de
Educación Superior debe ser, así mismo, diverso, pluriétnico, intercultural y
crítico, haciendo posible el reconocimiento de
la diversidad de saberes y prácticas en las ciencias, las artes y las
humanidades presentes en las distintas IES, avanzando en la construcción de una
sociedad plural, democrática, creativa y transformadora.
La educación
superior en el marco del sistema de educación colombiano debe proyectar una
articulación orgánica a mediano y largo plazo, entre los distintos niveles de
educación (prescolar, primaria, secundaria y media) con base en los mismos
principios sobre los cuales hoy estamos fundamentando la educación superior
para el país.
5.2.3. PRINCIPIOS RECTORES
Se entienden como
principios las ideas sobre las cuales se fundamenta el Sistema de Educación
Superior.
Son principios de la educación superior:
Son principios de la educación superior:
5.2.3.1. AUTONOMÍA
La autonomía es,
ante todo, una condición necesaria para la existencia de las IES, pues es el
derecho de la comunidad educativa de regularse a sí misma y definir su sentido
propio, estableciendo democráticamente el rumbo de las IES en todos los
aspectos. Este ejercicio permite establecer un proceso permanente de construcción
simbólica, social e institucional de la comunidad
educativa mediante un diálogo crítico con la sociedad y el Estado.
La autonomía
comprende la facultad reglada de autodeterminación académica,
administrativa y
presupuestal de las
IES, por consiguiente, incluye la independencia social y política para la
producción, reproducción, modificación y comunicación del conocimiento13. Al ser la autonomía un proceso en movimiento constante,
se relaciona tanto con la construcción de sujetos libres –lo que refiere a una dimensión
singular–, como con la articulación entre las diversas IES –lo que refiere a
una dimensión institucional–. Y por último, les otorga independencia a las
comunidades educativas de agentes externos como el Estado y otros actores,
garantizando su autorregulación como Sistema –lo que refiere a una dimensión sistémica.
Por lo anterior, la
autonomía es transversal al Sistema de Educación Superior en tanto se convierte
en un eje rector del conjunto de IES que lo componen. Teniendo en cuenta que
las IES no son homogéneas, la aplicabilidad de este principio en cada una de
las instituciones tiene matices dadas sus
particularidades, sin violentar la naturaleza de la idea de autonomía para las
IES.
13 Leopoldo
Múnera. Aportes al II Seminario Multiestamentario e Intersectorial para la
construcción programática convocado por la MANE.
Aspectos de la autonomía
A la cabeza de la
autonomía, están las comunidades que constituyen las IES y se expresa tanto en
términos de las libertades de los sujetos y las comunidades educativas
(libertades de pensamiento, enseñanza, aprendizaje, asociación, proyección
hacia la sociedad y elección de opciones políticas, sexuales, comunitarias y
religiosas), como en los aspectos de cogobierno y democracia. Dichos aspectos
se convierten en elementos esenciales que se hacen presentes en todas y cada
una de tales instituciones.
Democracia y cogobierno
Es la participación
activa y decisoria de la comunidad educativa para definir el rumbo de las
instituciones en todos sus aspectos a través del ejercicio democrático al
interior de las IES en todos sus escenarios.
Los espacios de
gobierno de las instituciones públicas deben ser colegiados y estar compuestos
por los miembros de la comunidad educativa, conformada por profesores y
profesoras, trabajadores y trabajadoras y
estudiantes, quienes definen y orientan el rumbo de las mismas. Ello no excluye
la participación
minoritaria del Estado en los organismos de dirección al interior de estas IES,
lo que no implica que éste
haga parte de la comunidad educativa.
Financiación estatal de la educación
Garantiza la
autonomía efectiva de la educación pública estatal, siendo las comunidades
académicas las que determinen el gasto, apartándola de los intereses económicos
ajenos a la comunidad educativa y asociados a la asignación de recursos
condicionados.
Libertad de cátedra
En el ejercicio
formativo al interior de las IES, existirá la libertad de expresar y
desarrollar diferentes enfoques teóricos, metodológicos, pedagógicos así como
planteamientos ideológicos respecto a cualquier área del conocimiento, los
problemas de la sociedad y las posibles salidas a los mismos.
Libertad de aprendizaje
Tiene como premisa
del proceso formativo la participación activa de los y las estudiantes con una responsabilidad
crítica frente a su proceso de formación académica con criterios para disentir
de la opinión de sus
docentes y para escoger las formas de adquisición del conocimiento.
Libertad de asistencia
Relacionada
estrechamente con la libertad de aprendizaje, debe permitir que las y los
estudiantes opten por otras formas de adquisición del conocimiento. La
asistencia a clases puede hacer parte o no de dichas formas, en el marco de las
formas evaluativas que correspondan. Esto permite que los y las estudiantes puedan
adquirir los conocimientos necesarios para aprobar la asignatura, si así lo
deciden, de forma extracurricular como seminarios, tutorías, conferencias,
grupos de estudio, etc.
Libertad de investigación
En las IES, el
criterio fundamental para la definición del qué y cómo se investiga no debe ser
el lucro que pueda obtenerse, sino el aporte en los campos de la ciencia, la
tecnología, las artes y la cultura orientado hacia la satisfacción de los
intereses nacionales y populares, en el marco de la autonomía de las instituciones.
Libertad de expresión, organización y movilización
Son condiciones
mínimas para que las IES sean un centro de debate y lucha de ideas.
Autonomía del campus (extraterritorialidad)
Las IES son un
escenario de lucha de ideas, por tanto, la presencia de la fuerza pública para
militarizar la Institución no tendrá lugar ni consentimiento por parte de
ningún funcionario estatal o educativo. Los conflictos al interior de las IES
deben ser resueltos mediante el debate entre los estudiantes, los docentes, los
trabajadores y las directivas. El Estado debe garantizar, por tanto, que ningún
conflicto que surja de la dinámica de las instituciones de educación superior
sea solucionado por medio de la fuerza pública.
5.2.3.2. DIGNIDAD EDUCATIVA
La dignidad es una
cualidad de la humanidad y se relaciona con la educación superior como derecho fundamental
por cuanto ésta es una educación para la vida, la crítica, la autonomía, la
universalidad y el no confesionalismo. Con este nuevo concepto se proyecta una
dinámica en la que prima el ser sobre
el tener priorizándose con ello una formación
integral, cultural, crítica, humanística, artística y científica en todos los
niveles educativos.
En este contexto,
la dignidad educativa constituye un marco de referencia para la calidad de la
educación superior alejado de su acepción actual que se encuentra ligada a las
lógicas de producción de mercancías, pues potencia la dinámica inacabada y en
constante desarrollo del conocimiento, permitiendo que las distintas
disciplinas y saberes existentes se agrupen y estén en constante diálogo y
debate, separándose así de los indicadores de gestión y los diversos mecanismos
de homogenización y estandarización del conocimiento.
CALIDAD EDUCATIVA (en el marco de la ‘dignidad educativa’)
La calidad
educativa se entiende como un proceso dialectico y dinámico constante, mediante
el cual el conocimiento llevado a la práctica y creado por los sujetos y sus
relaciones logra transformar la realidad a través de la formación artística,
científica, y humanística, aportando con ello a la solución de las problemáticas
del país y al desarrollo del mismo.
La relación
armoniosa entre cobertura e inclusión, además de condiciones propicias de planta
docente, bienestar, infraestructura física, recursos de aprendizaje y
financiación, entre otros, es lo que permite la realización efectiva de la
calidad educativa, por lo cual debe ser garantizada por el Estado –en el caso
de las públicas y en las IES privadas, debe partir por una veeduría, inspección
y control frente a cómo se construye y en función de qué la calidad.
Por su parte, los
criterios de evaluación de la calidad educativa se asumen a partir de las
decisiones autónomas de las
comunidades educativas de manera que sean los fines misionales de las IES los parámetros sobre
los cuales se examinen el qué y el cómo de los diferentes procesos de educación
superior estudiantil, más allá de los resultados finales o los éxitos obtenidos
en los procesos de enseñanza, aprendizaje y/o investigación; es decir, son los
procesos educativos los que garantizan el cumplimiento de los objetivos, y los
fracasos o dificultades que se presenten en tales procesos deben ser valorados
como posibilidades de aprendizaje y mejoramiento en distintos ámbitos de la
vida educativa.
Sujetos que construyen calidad educativa
Pueden
identificarse tres actores principales en la construcción de calidad: el
Estado, la comunidad educativa de cada
una de las IES y la sociedad representada en los sectores sociales, populares, democráticos y
étnicos.
Comunidad educativa
Partimos de la
concepción de calidad educativa ampliada que rebasa la construcción de planes,
contenidos y currículos extendiéndose al adecuado cumplimiento de las funciones
misionales de la educación, que además está determinada por las distintas
prácticas, actividades académicas, conocimientos y las adecuadas condiciones
para que los sujetos las ejerzan, las potencien y las pongan en función de la
calidad educativa.
Por tanto se
reafirma la importancia de los tres estamentos en la construcción de calidad
educativa.
Respecto al
estamento de las y los trabajadores, se reconoce que sus experiencias y
conocimientos hacen parte de los acumulados académicos de las IES;
adicionalmente su tradición de lucha y organización ha sido fundamental en el
mantenimiento, la preservación y defensa de las condiciones integrales para la construcción
de calidad educativa, consignados en los aspectos
de la calidad educativa.
En este sentido la
participación del estamento de las y los trabajadores y empleados deberá ser
activa, decisoria, amplia y permanente en los escenarios en los que se definan
las formas para garantizar la construcción de calidad educativa entendiendo que
hace parte de ésta la dignificación laboral.
Papel del Estado
El Estado deberá
garantizar el acceso, la permanencia y la plena realización de los fines y
funciones misionales de la
educación superior, respetando las directrices establecidas por las comunidades educativas al
interior de las IES en el marco de la autonomía. De igual forma supervisará la materialización de
los siguientes aspectos de la calidad educativa en todas las IES:
Niveles
de democracia interna, elaboración de políticas y toma de decisiones.
Integralidad
de los procesos administrativos y de formación.
Comunicación
pública.
Docencia
y condiciones laborales. Investigación y proyección de la investigación.
Proyección
social de las IES (extensión).
Garantía
de la calidad educativa.
Base
tecnológica.
Bienestar
Educativo14
La sociedad
Cumpliendo la
interrelación necesaria de IES – sociedad, los distintos sectores participarán
en la construcción de
calidad a través del Consejo IES – sociedad en materia de investigación y
proyección social.
También
participarán las entidades pertenecientes al Sistema de Educación Superior15.
Aspectos de la calidad educativa
1. Niveles de democracia interna, elaboración de políticas y
toma de decisiones
La Participación
activa democrática, amplia, decisoria y continuada de la comunidad educativa en
la elaboración de
programas académicos, evaluación de los contenidos y formas en las que se
practica la docencia, la
investigación y la proyección social y en las definiciones de las políticas de
cada institución, se convierte en un elemento que permite avanzar en la
formación de seres críticos y autónomos. Lo mismo que el cumplimiento de las
libertades de cátedra, aprendizaje, asistencia, investigación, expresión, organización
y movilización.
2. Integralidad de los procesos
Verificación de la
integralidad, interdisciplinariedad y visión universal de la que deben dotar
las IES a todo estudiante en cualquier área del conocimiento.
3. Comunicación pública
Dado que la
educación tiene una función social determinada por la interacción favorable con
su entorno, y ésta debe partir de la experiencia concreta para obtener
lecciones e ir mejorando, las IES deben mantener informados a los habitantes
del contexto más cercano y al país en general sobre su que hacer, estableciendo
un diálogo con la sociedad. Los espacios de infraestructura de comunicación de
cada IES, hoy día se encuentran en función de intereses particulares, sin
embargo, ellos deben estar a disposición de la comunidad educativa, que también
debe contar con los canales y medios adecuados para realizar publicaciones,
difundir y comunicar creaciones de diversa índole y formular resultados de las
funciones misionales.
4. Docencia y condiciones laborales
Se hace necesario
reivindicar la necesidad de dignificar la labor docente resaltando que el modo
de vinculación el cual
debe ser en su mayoría de forma directa y debe permitir cumplir de manera constante
la misión investigativa y de formación. En ese orden de ideas, debe
contemplarse la modificación del régimen profesoral, sobre la base de la
asignación de recursos crecientes para la educación a través de los que
14 Se
precisará por qué el Bienestar Educativo es una condición para el logro de la
calidad educativa en el apartado de “Bienestar
Educativo”.
15 Las
entidades que participan en la construcción de calidad, así como los mecanismos
de veeduría de los distintos sectores de la
sociedad, están consignados en el apartado de “Sistema de
educación Superior” del presente documento.
pueda ampliarse la
planta docente, con el fin de solucionar los problemas y deficiencias
referentes a la vinculación docente y la sobrecarga laboral de los mismos,
tendiendo a lograr la vinculación directa, la dedicación de tiempo completo o
exclusiva del cuerpo docente, así como su constante capacitación y formación.
5. Investigación y proyección de la investigación
El Estado
financiará ampliamente la investigación, tendrá una política en torno a la
misma, construida con la participación de las instituciones y desde las agendas
propias de investigación definidas autónomamente por éstas.
Los niveles y
formas de investigación que se desarrollan en la respectivas IES deben
proyectarse hacia la innovación, el avance científico, filosófico, artístico,
etc. de la educación superior colombiana.
6. Proyección social de las IES (extensión)
Esto es, qué tan
orientada es la construcción de conocimiento a los problemas de la sociedad en
su conjunto. La
extensión no puede ser un medio para resolver el problema financiero de la
universidad y tampoco puede ser monopolizado por los sectores productivos,
debiendo estar al servicio de los intereses nacionales y populares, se podrá
llevar a cabo con los sectores productivos, siempre y cuando esta decisión sea
fruto de la autonomía y no de la necesidad de recursos.
7. Garantía de la calidad:
La existencia de
dichas instituciones denominadas coloquialmente “Institutos de garaje”, sirve
para aumentar las cifras
de cobertura de educación del país, las cuales más que una opción de formación, constituyen la
posibilidad de particulares para insertarse en las lógicas de compra y venta de
servicios. El logro de condiciones adecuadas de calidad, está referido al
conjunto de mecanismos y requerimientos que se hacen a una institución de
educación superior para que pueda ejercer labores de enseñanza con suficientes
características de calidad, como para que su práctica y el cumplimiento de los
objetivos, la lleve a inscribirse dentro de la lógica de construcción de
conocimiento de la educación superior.
8. Base tecnológica
La
existencia de infraestructura adecuada no implica que se esté llevando a cabo
el proceso
integral
de formación y el cumplimiento de los objetivos de la formación, sin embargo,
existen condiciones de infraestructura adecuada y equipos tecnológicos que
aunque por sí mismos y en exclusiva no garantizan que exista calidad educativa,
sí contribuyen al proceso
de
formación de los/as estudiantes en el contexto de avance tecnológico actual.
Procesos de evaluación, autoevaluación y acreditación
Los procesos de
evaluación, autoevaluación y acreditación, servirán como herramientas que
permitan evidenciar los aciertos y dificultades de las IES en el proceso de
construcción de calidad educativa, con el objetivo de avanzar en su
materialización plena para todas las modalidades de formación, a través de la potenciación
de las relaciones de cooperación y aprendizaje entre instituciones Educativas y
de la participación democrática de las comunidades educativas; esto sobre la
base de entender la calidad educativa desde una concepción integral, como la
existencia de condiciones adecuadas que permitan el óptimo cumplimiento de las
funciones misionales y la realización de los fines del conocimiento por parte
de las comunidades educativas.
Evaluación y autoevaluación
Entendemos la
evaluación y autoevaluación como procedimientos de seguimiento y mejoramiento de
la calidad educativa y del ejercicio de aprendizaje, que deben enmarcarse en la
autonomía y democracia, contando así con la participación activa de toda la
comunidad educativa y de las distintas instituciones de educación superior. Si
bien cada institución tiene un papel central en la definición de sus formas de evaluación
y autoevaluación, debe existir un punto de convergencia nacional para discutir
sobre los procesos de las instituciones y el conjunto del Sistema de Educación Superior.
La evaluación y
autoevaluación debe ser democrática y permanente con la participación de todos
los sectores educativos, debe tener en cuenta el aprendizaje del sujeto y la
relación del conocimiento con la sociedad, por lo tanto estas deben considerar
los procesos a través de los que se construye conocimiento y no los resultados,
evaluando los conocimientos y no las competencias. Este proceso debe tener en
cuenta la concepción integral del conocimiento, la proyección social, la
relación con egresados y egresadas, el mejoramiento de las condiciones
pedagógicas y metodológicas, y el análisis de las condiciones materiales y financieras
para que se lleve a cabo a través de la aceptabilidad social.
La autoevaluación
Debe tener como
principal criterio el cumplimiento de los fines misionales y el compromiso con
la transformación de
las condiciones de desigualdad e injusticia social, de tal manera que las
instituciones educativas definirán los parámetros en función de la construcción
de la educación superior que queremos y necesitamos las y los colombianos, y no
el mercado internacional ni el sector privado, sirviendo así a los intereses
nacionales y populares, teniendo en cuenta que el Estado debe supervisar y
financiar el proceso de evaluación y autoevaluación evitando condiciones de
exclusión.
La evaluación
Requiere que las
IES cuenten con las garantías materiales (bienestar, infraestructura, etc.). En
el caso de las IES de carácter estatal estas garantías deberán ser provistas
por el Estado.
Los criterios de
evaluación deben distar de los establecidos actualmente por el Gobierno
nacional, que reducen la calidad al desempeño de una labor estandarizada y
homogeneizante alejada de la realidad colombiana, que además son constituidos
por agentes externos a la comunidad educativa; en contraposición consideramos
que éstos deben basarse en el cumplimiento de los fines misionales partiendo del
desarrollo, apropiación y creación del conocimiento científico, artístico y
propio, garantizando el diálogo con la multiplicidad de saberes, así como el
análisis de la realidad que permita contribuir a la solución de las necesidades
colombianas, en el marco de la lucha de ideas. Para ello es necesario que la calidad
y dignidad educativa resulten de un proceso democrático y autónomo.
Rechazamos el
adoctrinamiento impartido a través de la evaluación por medio de competencias,
las cuales reducen los contenidos de la educación al saber hacer en contexto y
en consecuencia estandarizan la educación.
Los procesos de
evaluación deben ser supervisados por el Estado y la comunidad educativa a
través de veedurías en las IES privadas y públicas; en éstas últimas, el Estado
cumple además el papel de garante de las condiciones materiales e
institucionales para la realización de la misma y la construcción de educación con
calidad educativa. Los resultados obtenidos a través de los procesos de
evaluación, autoevaluación o acreditación, no podrán servir como criterio de
asignación presupuestal para las IES, ni como incentivo para obtener recursos,
en oposición al modelo actual las IES no competirán entre sí por financiación,
puestendrán las condiciones idóneas para poder constituirse a ellas mismas como
constructoras de calidad.
La política de acreditación
La política de
acreditación institucional actual juega un papel homogeneizante y viola la
autonomía de las IES, cuestión por la cual no arroja resultados que permitan evaluar
la calidad real de la educación, además de que no plantea condiciones objetivas
ni suficientes para diferenciar las distintas instituciones de la educación
superior y la modalidad de formación en la que se inscriben, por lo cual debe
contemplarse la construcción de mecanismos que se opongan a la proliferación de
criterios de acreditación que promueven la baja calidad en la educación
superior. Las pruebas Saber pretenden medir la calidad de la educación como un
criterio de estandarización de los conocimientos, por lo cual nos oponemos a su
implementación como un condicionante tanto para el ingreso a la educación
superior como para la obtención del título universitario.
En contraposición a
las lógicas de acreditación vigentes, en las que prima el carácter punitivo y
la competitividad
entre las IES, la política de acreditación que proponemos debe basarse en la
cooperación y colaboración entre IES, en función del cumplimiento de los fines
de la educación superior.
Lo anterior implica
avanzar en dos elementos sustanciales:
La
recaracterización de la noción de pares académicos, así como su papel y
funciones, entendiendo que éstos acompañan y sugieren alternativas para el
mejoramiento de la calidad, pero no suplen los déficits infraestructurales
materiales o institucionales, responsabilidad que está a cargo del Estado en
las IES estatales
La
creación de criterios que tengan en cuenta las condiciones regionales y
nacionales, implementándose así formas de evaluación situadas en contexto; por
consiguiente, la política de acreditación debe
contemplar las condiciones materiales que posibiliten el pleno desarrollo del ejercicio académico
y el cumplimiento de los fines misionales.
La nueva política
de acreditación, deberá hacerse sobre la base de evaluaciones que develen el
estado de suficiencia y las condiciones materiales para lograr los niveles de
calidad educativa. De igual manera la calidad debe contemplar las distintas
dimensiones (cultural, académica y administrativa) que posibilitan la vida al
interior de las IES; es necesario generar unos indicadores cuantitativos y
cualitativos que diferencien la garantía de tales procesos y dimensiones de
acciones asistencialistas. Dichos indicadores se construirán en el marco de la
autonomía y serán medidos a través de procesos democráticos de autoevaluación
permanente que, deberán partir del reconocimiento de la situación nacional y
sus ámbitos social, económico y cultural, orientándose a lograr que la
educación superior contribuya a la mejora de las condiciones de vida y la
solución de problemáticas y necesidades del pueblo colombiano desde el
ejercicio educativo, la lucha de ideas y el diálogo entre saberes.
Los espacios de
debate como los claustros y colegiaturas deberán tener un carácter decisorio y democrático
teniendo en cuenta que son parte de la construcción de la educación superior
que queremos.
5.2.3.3. BIENESTAR
El bienestar es
condición necesaria para el desarrollo pleno del derecho fundamental y bien
común de la educación superior y la realización de la vida educativa de manera
integral, razón por la cual, todas las instituciones de educación superior
deben tener un sistema de bienestar. Teniendo en cuenta lo anterior, el bienestar
debe desarrollarse bajo la premisa de la formación de sujetos críticos,
autónomos, solidarios, democráticos, participativos, pluralistas e incluyentes.
El bienestar ofrece las garantías mínimas para la permanencia, teniendo en
cuenta las condiciones sociales, políticas y económicas, además de las particularidades
de cada IES y la comunidad educativa. La prestación del bienestar debe ser
gratuita, universal, plural y permanente. Para la aplicación de estos mínimos,
se hace necesaria la creación de comités de bienestar en cada institución, los
cuales basen su composición en la comunidad educativa siendo la democracia participativa y
representativa una condición necesaria para el funcionamiento de éstos.
Es necesario
desarrollar una política nacional orientada por el subsistema nacional de
bienestar educativo, que responda a las condiciones específicas de la comunidad
educativa de cada una de las IES, sin desconocer su autonomía y las decisiones
de los comités de cada institución; los escenarios departamentales y
nacionales serán de carácter democrático, y estarán compuestos por representantes
de todos los estamentos de la comunidad educativa.
Así mismo, es
importante tener en cuenta que las garantías laborales para las y los trabajadores
y docentes de las instituciones de educación superior, también hacen parte
integral del bienestar, por lo que tendrán que ser contratados de forma
directa, digna y respetando sus derechos de asociación, de negociación colectiva
y de huelga.
Financiación del bienestar
En materia de
financiación es claro que el 2% que dispone la actual Ley de Educación Superior
para bienestar es
insuficiente para cumplir con las necesidades propias de la comunidad
educativa, por lo que es necesario aumentar los recursos. El incremento del
presupuesto para bienestar debe estar ligado a las necesidades concretas y
particulares de la comunidad educativa y de cada IES. A partir de una adecuada financiación,
las políticas de bienestar deben ser ofrecidas de forma directa por las
instituciones en el marco de su autonomía sin que éste se convierta en una
forma de obtener lucro.
5.2.3.4. GRATUIDAD
Afirmar que la
educación superior es un derecho fundamental y un bien común implica que el
Estado colombiano debe asumir la total responsabilidad de la financiación del
Sistema de Educación Superior estatal, favoreciendo el subsidio a la oferta y
no el subsidio a la demanda, para fortalecer así la educación superior pública
estatal, propendiendo porque en el mediano plazo ésta sea gratuita y universal
en su totalidad. La educación superior como derecho fundamental deberá ser, por
tanto, gratuita en las instituciones del Estado.
5.2.3.5. PLURALIDAD
La construcción de
un nuevo modelo educativo implica la necesidad de pensar una educación superior
basada en la lucha de ideas, que reconozca y responda a la diversidad étnica y
cultural del país, posibilitando así un diálogo entre saberes de carácter
intercultural en el ámbito educativo.
5.2.4. FINES DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
5.2.4.1. EDUCACIÓN SUPERIOR Y CONOCIMIENTO
Partimos de
entender el conocimiento desde una concepción amplia como un bien común no
homogeneizante, que
reconoce la validez de diversos tipos de saberes no necesariamente inscritos en
la lógica mercantilista, totalizante y hegemónica que hoy impera en la
generación, transmisión, creación y aplicación de los conocimientos. El
conocimiento se construye a partir del diálogo constante y recíproco entre los
distintos saberes, prácticas y metodologías, siendo éstos universales y
locales, teniendo en cuenta las condiciones del contexto donde se crea.
El papel de las
universidades e instituciones, al igual que el de los sujetos involucrados en
el proceso formativo, es aportar de manera crítica a la transformación de la
realidad social, del sujeto y su entorno, de manera tal que se relacionan las
perspectivas universales y las condiciones étnicas, culturales, artísticas, sociales
y materiales del contexto en que éste se construye. La educación está guiada
por horizontes artísticos, científicos, críticos, humanistas, culturales y
universales que la encaminarán hacia el cumplimiento de los fines misionales de
las IES y propenderá por la satisfacción de los intereses nacionales y
populares.
Así mismo aportará
a la democratización plena de la sociedad colombiana y la superación de las
actuales condiciones de exclusión, desigualdad, marginalización y conflicto
interno de Colombia, dejando de estar reducido a la reproducción del modelo de
exportación agro minera y el sector de servicios predominante en el país, para
estar encaminado al fortalecimiento de la investigación científica, social,
cultural, artística, humanista, y el mejoramiento de la técnica y la
tecnología, todo lo anterior sobre la base de la lucha de ideas además del
respeto y fomento del pensamiento crítico en el marco de la autonomía y la
libertad de cátedra.
El papel del
conocimiento, la forma en la que éste se construye y sus fines no deben ser
definidos con base en el paradigma de la utilidad que únicamente considera
válidos los conocimientos a partir de los cuales se obtiene un producto
concreto que debe ser así mismo considerado útil. El mencionado paradigma ha servido
de base a las nociones de pertinencia en su acepción neoliberal y a las formas
predominantes de asignación presupuestal decreciente para la educación, puesto
que es el mercado quien termina definiendo lo que es y lo que no es útil además
de que pretende equiparar las lógicas a través de las cuales se construye
conocimiento con las lógicas empresariales a través de las cuales se producen
mercancías, siendo éstas completamente distintas e incluso contrarias: mientras
la naturaleza del conocimiento y su valor formativo reside en su posibilidad de
generar, apropiar y transmitir saberes y campos de conocimiento e investigación,
cuyos resultados son inacabados de manera que pueden ser repensados y replanteados
de manera continua, dando paso a diversos y nuevos campos de su misma creación.
La dinámica mercantil se desarrolla en una vía totalmente contraria, pues en
ésta, la relación entre la producción y los costos es inversamente
proporcional, es decir, a mayor producción se esperan menores costos.
Es necesario, por
tanto, que la educación superior y el país promuevan, incluyan y valoren
igualmente el conocimiento obtenido a través de la investigación científica,
los saberes étnicos y culturales, prácticos y empíricos, y aquellos integrados
en el campo de las artes. En este sentido, sobre la base de la pluriculturalidad
y la diversidad propia y característica del país, deberán contemplarse las
condiciones históricas, étnicas, culturales, sociales y materiales que
configuran el contexto general colombiano, encaminándose hacia la construcción
de una educación universal, integral y humanista en todas sus modalidades y
niveles, de manera que aporte a la solución de las problemáticas más sentidas
de la sociedad colombiana. La educación en su conjunto deberá, por tanto,
formar a las y los estudiantes de manera integral, articulando los saberes
teóricos y prácticos, para lograr así un diálogo entre diferentes formas de construcción
de conocimiento, por tanto, rechazamos la acepción de “pertinencia” del mercado
neoliberal, indicada por los teóricos del Banco Mundial como fin último de la
educación superior.
Cada área del
conocimiento y sus procesos formativos deben estar claramente definidos,
estableciendo especificidades y límites entre las diferentes modalidades de
formación (educación técnica, tecnológica y profesional, entre otras) para así
construir y potenciar nuevos modelos pedagógicos y epistemológicos a través de
la promoción del diálogo, tanto interdisciplinar y transdisciplinar, como entre
las distintas formas de conocimiento étnico, artístico, científico y humanista.
5.2.4.2. FUNCIONES MISIONALES
El papel del
conocimiento se concreta a partir del ejercicio de la investigación, la
proyección social y la docencia. Sin embargo, a lo largo de las últimas
décadas, la relación de la educación superior con la sociedad se ha ido
restringiendo a la oferta de servicios y mercancías, dedicándose cada vez más a
atender y solucionar de manera acrítica los problemas de un reducido sector de
la vida social: la empresa privada y mayoritariamente el capital transnacional
y monopólico.
La docencia,
investigación y proyección social son esenciales para la consolidación de los
sistemas educativos como
medios para la creación, apropiación y difusión del conocimiento, siendo
elementos fundamentales en el propósito de priorizar la satisfacción de los
intereses nacionales y populares, entre los que se incluyen: el avance de las fuerzas
productivas nacionales, tanto sociales como materiales, de las ideas, las
costumbres y las tradiciones, el imaginario colectivo, las teorías, la
cosmovisión, la ciencia, el arte, la técnica y la cultura.
A pesar de que cada
función misional de la educación superior tiene sus componentes específicos, es
necesario entender cada una de ellas como parte de un cuerpo complejo, en la
que cada una se relaciona con las demás potenciándolas y complementándolas. Por
ejemplo, no puede concebirse el Ejercicio docente como una práctica aislada de
la Investigación, ni esta última separarse de la proyección social. Se resalta
la importancia de entender la articulación de las funciones misionales de las
IES, en tanto el ejercicio de las mismas de manera integrada, es condición
necesaria para el cumplimiento de los fines misionales de las IES, en especial
la formación integral de sujetos autónomos, críticos y transformadores.
DOCENCIA
La docencia deberá
promover las potencialidades del sujeto a partir de un diálogo activo entre
docente y estudiante, creando, construyendo, transmitiendo y facilitando la
apropiación del conocimiento, en elmarco de un proceso formativo de sujetos
críticos, comprometidos con la defensa de los bienes comunes de la Nación, que
valoren la libertad de pensamiento, la investigación científica, los saberes
artísticos, humanistas, étnicos, culturales, prácticos y técnicos.
Es imperante
reivindicar la necesidad de dignificar la labor docente, en un contexto en el
que prima latercerización, la baja remuneración, la sobrecarga laboral, el
aumento de la relación numérica de forma desproporcionada entre docentes y
estudiantes, la violación constante a la libertad de cátedra y la libertad de
agremiación y protesta del ejercicio docente. Las y los docentes deben ser
contratados de forma directa y en su mayoría de tiempo completo, permitiéndoles
cumplir de la mejor manera su misión investigativa y de formación.
Debe garantizarse,
así mismo, la formación en pedagogía que reciben las y los docentes e integrar
a este ejercicio otros tipos de saberes como los étnicos, artísticos y
prácticos que no necesariamente se validan a través de un título, así como el
reconocimiento de las diversas formas a través de las cuales las comunidades
conservan su cultura, la etnoeducación, y los saberes ancestrales.
La situación de las
profesoras reviste especial interés ya que en el sistema de educación
permanecen subrepresentadas en los programas de investigación, gestión y
gobierno universitario. Deben elaborarse propuestas de mejoramiento de
investigación, gestión y gobierno que incorporen la perspectiva de género como
parte del concepto de calidad educativa y equidad en las IES.
INVESTIGACIÓN
La investigación es
el proceso riguroso, sistemático y crítico de construcción, generación de
conocimiento, innovación y/o renovación en los campos científico, técnico,
tecnológico, artístico, filosófico, humanista y de los saberes propios, en el
cual intervienen diversos actores, metodologías, conceptos y tecnologías como herramientas
para la creación, reproducción y divulgación del pensamiento, la transformación
social, el desarrollo y potenciación de la técnica, la tecnología, la ciencia y
la cultura, validado por las comunidades educativas en el marco de la
autonomía, la democracia y la adecuada financiación de las IES, y apropiado y retroalimentado
por las comunidades destinatarias y participantes del proceso.
Es preciso impulsar
la investigación como herramienta para el diálogo entre saberes y disciplinas,
y para el desarrollo del pensamiento crítico, autónomo, creativo y propositivo
que contribuya a la solución de problemas científicos, sociales y culturales, a
la transformación y emancipación de los pueblos, la defensa de la soberanía
nacional, económica, cultural y ambiental.
La investigación es
inherente a la educación y debe estar presente en todos sus niveles. Los
resultados investigativos de las IES deben ser entendidos como un Bien Común y,
en ese sentido, la sociedad y la comunidad educativa podrán hacer uso de éstos
bajo la forma de Licencias libres. La investigación en instituciones técnicas y
tecnológicas no debe ser un proceso unilateral, y propenderá por integrar los componentes
críticos y creativos.
La investigación
debe ser consecuente con el principio de autonomía y, por tanto, serán las
Comunidades Educativas quienes definan las agendas de investigación, ramas,
líneas y la forma cómo y con quien se investiga, en relación con las
necesidades de los sectores sociales. A partir de dichas agendas deberá construirse
una política nacional investigativa, financiada ampliamente por el Estado
colombiano.
PROYECCIÓN SOCIAL (EXTENSIÓN)
Desde la
perspectiva de una relación necesaria entre la IES y su contexto inmediato,
deben construirse políticas, programas y acciones académicas y pedagógicas de
proyección social. Esto implica potenciar las múltiples y complejas relaciones
que establecen las IES tanto con el contexto ambiental, técnico, social y cultural
en el que se desenvuelven como con los múltiples actores con los que
interactúan, teniendo en cuenta sus condiciones de vida y la situación
regional, estableciendo relaciones dinámicas y recíprocas orientadas a la
satisfacción de los intereses nacionales y populares.
La proyección
social o extensión se podrá llevar a cabo con los sectores productivos,
sociales, populares, democráticos y étnicos, siempre y cuando esta decisión sea
fruto de la autonomía y no de la necesidad de obtención de recursos, es decir,
que ésta no puede ser un medio para resolver el problema financiero de la educación
superior y tampoco puede ser monopolizado por los sectores productivos. Para
ello, es necesario que cada IES, basándose en su autonomía, establezca
criterios que reglamenten de manera clara y concreta los mecanismos a través de
los cuales se relacionará con el sector productivo. Los recursos que se
recauden por esta vía serán destinados autónomamente por parte de las IES
haciendo uso obligatorio del mecanismo de veeduría de la comunidad educativa.
Las IES tienen
cuatro funciones fundamentales que las diferencian de otras instituciones de la
sociedad y que, por ende, las alejan de la dinámica de gestión empresarial en
la que se les ha querido inscribir:
Crear,
construir, desarrollar, transmitir y apropiar conocimiento científico, técnico,
cultural,
humanístico y
artístico con calidad educativa, en el marco de la autonomía y como espacio de
lucha
de ideas.
Rescatar,
preservar, ampliar y difundir la cultura a través de procesos de construcción
colectiva de memoria y conocimiento.
Promover
y encaminar a las nuevas generaciones en su formación en las diferentes áreas
del
conocimiento
aportando a la solución de los problemas de la sociedad y sus comunidades.
Fomentar
la construcción de una postura crítica que involucre la investigación, la cual
debe
trascender la
concepción mercantil de la “Innovación & Desarrollo”.
Para concluir, es
necesario aclarar que no debe haber financiación de entidades privadas ni para
la investigación ni
para la proyección social en las IES estatales, y reafirmar que el cumplimiento
de las funciones misionales de la educación superior supone el cumplimiento y
materialización del carácter y los principios
ya enunciados en la presente Exposición de Motivos.
6. MARCO FINANCIERO SOBRE EL QUE SE SOPORTA
NUESTRA PROPUESTA
La educación
superior al ser un bien común y un derecho fundamental, debe también ser
universal y el mejor medio para alcanzar dicha universalidad es la gratuidad en
las instituciones públicas y la democratización del
acceso en todo el Sistema de Educación Superior. En esta medida, para lograr
una financiación adecuada de la educación superior, debe tenerse en cuenta que
su estructura de costos es marginalmente creciente, lo que significa que la
última unidad educativa o de conocimiento es más costosa que la anterior,
llevando a que la financiación de la educación superior deba ir aumentando
de forma creciente y progresiva.
En este marco,
desarrollar un esquema de financiación para la educación superior tiene
dimensiones y consecuencias tanto políticas como económicas precisadas a
continuación. Por un lado, es necesario exigir al Estado colombiano que asuma
la total responsabilidad de la financiación de la educación superior estatal;
por otro lado, el esquema de financiación debe favorecer ampliamente la
financiaciónel incentivo a la oferta y no el incentivo a la demanda para
fortalecer así la educación superior estatal, propendiendo porque en el mediano
plazo la educación superior pública sea gratuita y de acceso universal en su
totalidad.
Reiterando lo dicho
anteriormente, es fundamental que toda propuesta de financiación para la
educación superior tenga en cuenta el carácter creciente de sus costos totales
con el fin de que ésta sea financiada de la forma más adecuada y plena, con
recursos del Estado en las IES públicas. Esta consideración está sustentada en
la naturaleza del conocimiento, su valor formativo y su dinámica de producción,
creación, desarrollo, apropiación y transmisión: El conocimiento tiene una
naturaleza dinámica muy particular que actúa de forma diferente a la producción
de mercancías con fines lucrativos, pues tanto su creación como su transmisión
tienen la posibilidad de generar campos de conocimiento e investigación cuyos
resultados pueden ser cuestionados y transformados continuamente, dando paso a
diversos y nuevos campos de dicha creación, y es allí
donde reside, precisamente, su valor formativo.
Con esta dinámica,
el conocimiento supera el paradigma de la utilidad y la ganancia, pues lo que
de ella surge no necesariamente debe producir un usufructo económico o
lucrativo. Y es también por esta dinámica de creación inacabada e inagotable
que el buen curso de la educación superior, en el desarrollo de sus funciones
misionales (lo misional incluye lo académico), demanda cada vez más recursos,
puesto que, a mayores y más altos grados cualitativos y cuantitativos de
creación y transmisión de conocimiento e investigación, se requieren mayores
recursos para su realización sin tener en cuenta las posibles ganancias que la
misma pueda generar o los gastos que ésta pueda ocasionar.
Esta dinámica no
debe confundirse con la dilapidación o el mal uso de los recursos, por el
contrario, entendiendo que la
educación superior –y la educación en general– tiene una función social, la
total financiación de la
misma, junto a una veeduría realizada por las IES, el Estado y la sociedad,
deben propender porque
los recursos destinados a tal fin contribuyan al cumplimiento de la responsabilidad
que la educación superior tiene con la sociedad en la que se desenvuelve.
6.1. ASPECTOS GENERALES DE LA PROPUESTA DE FINANCIACIÓN
La premisa sobre la
que debe basarse el modelo de financiación es el fortalecimiento de la
educación superior estatal, y un primer paso para lograr este fortalecimiento
es que las políticas de financiación de la educación superior estén exentas de
la aplicación del régimen de sostenibilidad fiscal. Aquí es preciso resaltar
que la viabilidad de la propuesta financiera para la educación superior será
posible siempre y cuando exista voluntad política del Estado para priorizarla
dentro del gasto nacional, pues en términos económicos, el país tiene recursos
suficientes para destinar al buen funcionamiento del Sistema de educación
superior financiando la oferta, siempre y cuando reevalúe sus prioridades
fiscales. Sobre esta base, es preciso abrir un escenario nacional de debate
público de carácter político y académico que haga explícitas las prioridades
fiscales del Estado y que muestre cuáles son los destinos finales de la
recaudación tributaria, quiénes son los principales contribuyentes, y quiénes
gozan de mayores privilegios en materia de obligaciones fiscales, dejando claro
cuál es el papel que tiene la educación, y en particular la educación superior
en la distribución del presupuesto nacional.
En este marco, la
estructura tributaria de Colombia –en términos del ingreso nacional– se basa en
dos tipos de impuestos: impuestos a la renta o al ingreso, denominados impuestos
directos, e impuestos al consumo, denominados impuestos indirectos. Tal
distribución ha evidenciado una gran desigualdad tributaria reflejada en un
régimen fiscal supremamente regresivo, en la medida en que quienes tienen altas
rentas gozan de grandes beneficios tributarios y no aportan significativamente
en el recaudo nacional, mientras que la inmensa mayoría de los colombianos que
se encuentran en condiciones de pobreza, destinan gran parte de sus ingresos al
pago de impuestos al consumo.
Ahora bien, dado
que construir la política presupuestal es una tarea del Estado, y que su
ejecución debe procurar contrarrestar los niveles de desigualdad anteriormente
señalados, una propuesta de financiación para la educación superior debe
responder a dos principios fundamentales que permitan el cumplimiento de tal
objetivo, estos principios son:
1. Carácter redistributivo de la riqueza:
Implica avanzar
hacia la eliminación de la inequidad y la
concentración de la riqueza en procura de una nueva concepción y modelo de
país.
2. Redistribución del gasto público:
Implica
la redistribución del presupuesto nacional acorde a las necesidades y
prioridades de la población colombiana en general, consignadas como derechos sociales,
culturales, económicos y políticos. Lo anterior supone la disminución del alto
rubro en el gasto destinado para el pago
de la deuda pública, la eliminación de las exenciones tributarias a las trasnacionales
y la reducción del gasto en guerra.
6.2. POSIBLES FUENTES DE FINANCIACIÓN
Como primera medida
para solventar la crisis presupuestal de la educación superior y poder avanzar
hacia su financiación adecuada, es preciso recalcar que el Gobierno nacional y
los entes territoriales deben comprometerse a pagar la deuda histórica que
tienen con las IES públicas. Esta deuda, originada por el aumento de gastos
debido a las reformas definidas por el Gobierno en las últimas dos décadas, que
implicaron el aumento en gastos como planta docente e infraestructura física y
tecnológica, debe suplirse teniendo en cuenta que los gastos que la crearon no
son contemplados en el esquema de financiación consignado en el artículo 86 de
la Ley 30 de 1992, que actualmente rige la educación superior y que ha convertido
esta deuda en un déficit estructural del Estado con la educación superior que
debe ser subsanado por el mismo.
Así mismo, en el
marco de la reevaluación de las prioridades fiscales sobre las que se
distribuye el presupuesto
nacional, partimos del análisis de los elementos que generan mayores gastos
para el país; estos elementos deben ser evaluados con miras a abrir un debate
nacional que permita poner en consideración la posible reducción y destinación
de éstos y otros rubros a la educación superior.
Estos elementos
son:
La
deuda pública, interna y externa, y los intereses que ha generado, pues ésta se
constituye en el principal lastre de las y los colombianos al dedicarse cerca
del 25% del gasto público para pagar esta deuda
ilegítima y arbitraria, sometiendo así a la Nación a las exigencias de los
intereses de los organismos
multilaterales de crédito como el Banco Mundial y el Fondo Monetario
Internacional.
El
gasto en defensa y seguridad, que representa el segundo mayor rubro del
presupuesto nacional (23 billones de pesos para el 2012) priorizándose frente
al resto de las asignaciones
presupuestales. En
particular, este gasto constituye un rubro excesivo para la guerra que bien
podría ser
destinado para la garantía de los derechos sociales, económicos, políticos y
culturales de
la población
colombiana.
Por otro lado, se
debe tener claro que los recursos que se destinen a la educación superior no
deben ser producto de la creación de impuestos directos al consumo, sino que
deben ser generados por impuestos a la renta, al capital y/o al patrimonio, ya
que el aporte particular o privado a la educación pública debe basarse ante
todo en el recaudo de impuestos indirectos y no en el gasto de las familias. De
esta forma, se hace indispensable que tanto el sector financiero, monopolios,
transnacionales, como otros sectores que no contribuyen de manera significativa
en el esquema tributario del país, paguen más impuestos para transformar la
actual desigualdad fiscal, y a partir de allí poder contemplar la asignación de
este recaudo para la financiación de la educación superior. Dentro de estos
posibles aportes, las fuentes pueden redefinirse sobre la base de:
La
revisión de los contratos de estabilidad jurídica en zonas francas, que en los
términos en los que están planteados actualmente sólo benefician a unos cuantos
empresarios extranjeros.
La
eliminación de las exenciones tributarias a multinacionales del sector
minero-energético y
financiero, pues
éstas se basan en la política de confianza inversionista que le garantiza el
máximo
beneficio con el
mínimo riesgo al capital financiero trasnacional.
El
mantenimiento de la integralidad de recursos parafiscales para la financiación
(recolección e inversión) de las
instituciones de régimen especial como el SENA y la ESAP, sin exenciones de ningún tipo a las
empresas.
En
contraposición al criterio de sostenibilidad fiscal que actualmente se maneja,
debe plantearse una nueva regla
fiscal que privilegie la inversión social, donde la financiación de la
educación se realice a partir de
los ingresos corrientes a la Nación.
La
creación de una política tributaria con un carácter progresivo, por ejemplo,
impuestos a la renta y al patrimonio.
6.3. CRITERIOS PARA EL MANEJO DE LOS RECURSOS DE LA EDUCACIÓN
SUPERIOR
El punto de partida
para la total financiación estatal de la educación superior pública, es que tanto
los aportes destinados a este propósito sean netamente públicos, como que los
recursos recurrentes de las IES estatales sean inyectados directamente a sus
bases presupuestales y sean destinados no sólo para los gastos de
funcionamiento e infraestructura sino también para los de inversión; además, en
el caso de las IES privadas, éstas no tendrán ánimo de lucro por ningún motivo.
En el mismo
sentido, los aportes adicionales recibidos por las IES deben llegar
directamente a las instituciones
educativas estatales sin pasar por entidades o instituciones intermediarias,
propendiendo por la financiación de las instituciones territoriales por parte
del Estado central. En este orden de ideas, deberá existir administración,
asignación y distribución autónoma del presupuesto público para las IES que
esté acorde con todas las formas de educación, incluidas las necesidades educativas
especiales, además de los espacios de veedurías del manejo de estos recursos en
los que las comunidades educativas, el Estado y la sociedad participen
conjuntamente. Así mismo, es un criterio fundamental el descongelamiento y
aumento tanto de la planta docente como la de trabajadores con las respectivas
garantías en materia laboral (contratación directa, pensional, salarial,
derecho a la organización y la protesta).
Los criterios para
la implementación de una política financiera que privilegie la educación
superior son:
El
Estado asignará el presupuesto para el funcionamiento de las IES y del conjunto
del Sistema de educación superior con base en los estudios financieros
realizados previamente por cada una de las IES atendiendo a los criterios de
complejidad de las mismas.
El
presupuesto para la educación no sólo estará contenido en la partida de gastos
del Presupuesto General de la Nación, sino también en la partida de Inversión.
Se
debe privilegiar la financiación a la oferta (donde se contemplan los costos de
matrícula,
infraestructura,
bienestar y calidad académica) y no el incentivo a la demanda.
Se
deben implementar políticas que disminuyan los recursos propios que las IES
estatales destinan a sus bases presupuestales hasta lograr su eliminación.
Por otro lado, es
preciso redefinir el papel del ICETEX en el desarrollo de la educación
superior. Teniendo en cuenta que el centro del sistema será la fuerte
financiación a la oferta, el ICETEX deberá cumplir un papel subsidiario y no
principal en el acceso a la educación superior, por lo cual, deberá retomar progresivamente
su naturaleza jurídica fundacional para que cumpla sus funciones misionales con
el Estado. Esto no implica quitar los programas de préstamos diferenciados sino
suprimir la lógica de lucro de “banco de segundo piso”, de manera que quien
quiera, opcionalmente, podrá ingresar a la educación privada haciendo uso de un
préstamo, pero deberán reevaluarse las condiciones de los mismos.
El presupuesto del
ICETEX será otorgado exclusivamente por el Estado y regulado directamente por
el Gobierno nacional, entendiendo esta entidad como sin ánimo de lucro y
tomando medidas para la condonación de los préstamos actuales, la suspensión de
los procesos de cobro jurídicos que se estén llevando a cabo, la eliminación
del perjudicial esquema financiero de capitalización de intereses, así como la
priorización de las becas y los subsidios sobre los créditos estudiantiles.
Para el manejo de
los recursos, deben tenerse en cuenta los siguientes elementos:
Cada
IES decide de forma autónoma la forma para manejar los recursos, mediante la
participación democrática de la comunidad educativa y la veeduría de la misma.
El
Gobierno central asignará a las IES regionales estatales el presupuesto
necesario para
funcionamiento e
inversión, garantizando que estos recursos vayan directamente a sus bases
presupuestales.
6.3.1. IES públicas
El Gobierno debe
comprometerse a sanear la deuda que tiene con las IES (la cual se debe
actualizar a pesos constantes del año en curso) y suplir el déficit en el que
se encuentra hoy la educación superior, que se ha profundizado con la Ley 30 de
1992.
El presupuesto se
debe distribuir y ajustar de acuerdo a criterios particulares y de complejidad
de las IES (como por ejemplo cantidad de estudiantes, número de carreras,
etc.), garantizando las condiciones para desarrollar el conjunto de las IES
estatales, teniendo especial consideración por las IES étnicas, de carácter especial
y aquellas en las que se dificulta el ejercicio de sus funciones misionales
(investigación, docencia y proyección social). Se deja claro que todos los
aumentos deben ser acordes con las metas que se trace el Sistema de Educación
Superior a mediano y largo plazo, y que el origen de la financiación provendrá siempre
de los recursos de la Nación.
El Estado tiene la
obligación de asumir la financiación de manera plena de las modalidades de
formación técnica y tecnológica en aquellas IES cuyo carácter sea público
(incluyendo las territoriales). Los rubros necesarios y los mecanismos de
manejo de los recursos, responderán a un estudio que elaboren las mismas sobre
sus necesidades financieras.
6.3.2. IES privadas
Se debe realizar un
estudio en cada una de las instituciones sobre su estructura de costos, y con
base en éste la comunidad educativa determinará la variación en las matrículas
y su forma de cobro atendiendo al principio de autonomía16.
La prioridad del
Estado debe ser la financiación plena de la educación pública para que el
ingreso a las IES privadas sea de carácter opcional (esto no implicará la
eliminación de las IES privadas, sino el fortalecimiento de las públicas).
Los rubros necesarios
y los mecanismos de manejo de los recursos en las instituciones técnicas y tecnológicas,
responderán a un estudio que elaboren las mismas sobre sus necesidades
financieras.
7. MARCO JURÍDICO-CONSTITUCIONAL DE LA PROPUESTA
En la teoría del
derecho constitucional moderno se ha establecido que las normas tienen una
jerarquía, por tanto, existen unas que son consideradas superiores y en
consecuencia, unas inferiores que no pueden ir en contravía de una superior. En
Colombia, la actual Constitución Política promulgada en 1991 se ha establecido
como “norma de normas” (Artículo 4), es decir, la Carta Política tiene un nivel
de superioridad con respecto a cualquier norma que se promulgue en el Estado
colombiano. Por esta razón, una nueva Ley de Educación Superior no puede
oponerse al texto constitucional del 91, mas sí puede derogar cualquier ley ordinaria
que le sea contraria, como la Ley 30 en su conjunto o apartes de otras leyes de
educación y afines, pero respetando el principio de unidad de materia de las leyes
(Articulo 158).
Por otra parte, la
doctrina constitucional ha establecido que no solamente el articulado que la
compone hace parte de la Constitución, sino que existen una serie de normas
escritas por fuera de ella que tienen su mismo nivel; por consiguiente, tanto
éstas como el articulado de la Carta conforman lo que la doctrina y la Corte
Constitucional han denominado “bloque de constitucionalidad”. Dicho bloque está
compuesto por elementos de derecho interno e internacional que de ser
contrariados conllevarían a una modificación de la Constitución Política. En la
actualidad se ha definido el Bloque de Constitucionalidad como “un cuerpo de normas
que enriquece el articulado constitucional. En tal sentido, el conjunto de
atributos que se predica de las disposiciones constitucionales debe extenderse a las normas
que lo componen. Por lo tanto el bloque tiene por virtud predeterminar el
contenido del derecho, expulsar del ordenamiento jurídico aquellas normas que
lo contraríen, condicionar la validez de las interpretaciones de las
disposiciones jurídicas a la avenencia con sus principios, y se constituye como
fuente de derecho, útil para la solución de situaciones jurídicas concretas.”17
Entre éstos, se
encuentran los distintos tratados ratificados por Colombia en materia de
derechos humanos 16
Ya existe un indicador denominado
“índice de costos de educación superior privada” que revela parte de la
información necesaria para el
estudio, sin embargo, se exige que dicha información sea abierta al público
desagregado en sus componentes.
17 GUTIÉRREZ
BELTRAN, Andrés M. El Bloque de constitucionalidad. Concepto y Fundamentos.
Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 2008, págs. 58, 59 y 87
y la doctrina de
los órganos de control internacional sobre derechos humanos, entre otros18.
Algunos textos
constitucionales como el colombiano suelen contener una larga lista de derechos
que, muchas veces, no son desarrollados allí, sino que para hacerlo se requiere
la elaboración de políticas públicas frente a lo cual, las fuerzas vivas del
país tienen una importante responsabilidad política. Para el caso colombiano,
la educación aparece consagrada como un derecho en el artículo 67 de la Carta
Política19; el mismo
documento hace referencia reiteradamente al papel estatal en su promoción20 de manera progresiva21.
La consagración
constitucional del derecho a la educación no se agota en los mencionados artículos
sino que dentro del Bloque de constitucionalidad existen otras normas que
contienen y han desarrollado este derecho, entre los que se encuentran diversos
pactos, convenios y acuerdos internacionales ratificados por Colombia. Dichos
acuerdos, empero, no han sido plenamente cumplidos por el Estado; en este
sentido, la propuesta de Ley de Educación Superior que le presentamos a la
sociedad colombiana significa la realización plena del derecho a la educación
superior consignado en múltiples obligaciones internacionales suscritas por
Colombia, posibilitando así su garantía tanto como derecho fundamental como
bien común.
7.1. LA EDUCACIÓN SUPERIOR COMO DERECHO FUNDAMENTAL
La Constitución
Política de Colombia contiene una parte dogmática en la cual está enunciada una
larga lista de derechos que se clasifican como derechos fundamentales,
económicos, sociales y culturales, colectivos y ambientales. No obstante, La
enunciación de los derechos contenidos en el texto pierde fuerza si se le confronta
con la parte económica que es profundamente benévola con el libre mercado,
trayendo esto como consecuencia la insatisfacción de un sinfín de derechos.
A este respecto, la
Corte Constitucional colombiana ha otorgado una definición de derechos
fundamentales que supera la clasificación que se puede abstraer de la Carta
Política y ha señalado que éstos “son aquellos
que se encuentran reconocidos -directa o indirectamente- en el
texto constitucional como derechos subjetivos de aplicación inmediata”22 y
que son “de tal magnitud para el orden constitucional,
que su vigencia no puede depender
de decisiones políticas de los representantes de las mayorías”.23Así mismo, ha ratificado la importancia de los derechos
fundamentales afirmando que, “los derechos obtienen el
calificativo de fundamentales
en razón de su naturaleza, esto es, por su inherencia con respecto al núcleo
jurídico, político, social, económico y
cultural del hombre (…) [pues] los Derechos Fundamentales constituyen las garantías
ciudadanas básicas sin las cuales la supervivencia del ser humano
no sería posible”24, aclarando con vehemencia
que “un derecho es
fundamental por reunir estas características y no por aparecer
18 QUINCHE,
Manuel. Derecho Constitucional Colombiano. De la Carta del 91 y sus reformas.
Bogotá, Ibáñez, 2010, p. 102. 19 El
texto del primer inciso del artículo 67 señala: La educación es un derecho de
la persona y un servicio público que tiene una función
social: con ella se busca el
acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y
valores de la cultura.
20 La
enunciación de dicho papel puede encontrarse en artículos de la Constitución
Política como el 45, 69, 70 y 79.
21 Más
adelante haremos referencia a las implicaciones de la progresividad.
22 Sentencia
SU-225 de 1998, M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz
23 Ibídem.
24 Sentencia
T-418, 12 de junio de 1992
reconocido en la Constitución Nacional como tal”.25
En consideración de
lo anterior, es necesario que estos derechos sean desarrollados por políticas
públicas que los ubiquen en tal nivel, es decir, que los entiendan como
esencial para dignificar la vida humana26conduciendo
así a que su garantía sea permanente, universal y generalizada, evitando con
ello que su garantía se busque mediante la vía judicial.
En el artículo 67
de la Constitución Política de Colombia, la educación se caracteriza como un
derecho y un servicio público, omitiendo su consagración entre los artículos 11
y 41 donde aparecen enunciados los derechos fundamentales. Ahora, pese a no
aparecer expresamente en la Carta Política como un derecho fundamental, la
Corte Constitucional en reiteradas ocasiones le ha reconocido este carácter.
Frente al tema, el juez constitucional ha señalado que “el hecho de limitar los derechos fundamentales a aquellos que se
encuentran en la Constitución Política bajo el título de los
derechos fundamentales y excluir cualquier otro
que ocupe un lugar distinto, no debe ser considerado como criterio
determinante sino auxiliar, pues él desvirtúa
el sentido garantizador que a los mecanismos de protección y aplicación de los
derechos humanos
otorgó el constituyente de 1991”27. Lo anterior deja claro que en el texto constitucional no
se cierra la posibilidad de considerar la educación superior como derecho
fundamental.
Tal jurisprudencia
ha sido ampliamente ratificada por la Corte, dejando claro que la educación se
entiende como derecho constitucional fundamental, también “en la formación de adultos, puesto que la educación es
inherente y esencial al ser humano, dignificadora de la persona
humana, además de constituir el medio a través del cual se garantiza el acceso al conocimiento, la
ciencia, la técnica y los demás bienes y valores de la
cultura”28.
En ese mismo sentido, en la sentencia T-465 de 2010, manifestó: “en cuanto al derecho a la educación
esta corporación ha reconocido su fundamentalidad a pesar de no estar
reconocida expresamente en la Constitución,
ya que por tratarse de una garantía esencial e inherente a todas las personas,
el derecho a la educación se configura
como un elemento que permite configurar y reconfigurar los medios de acceso al
conocimiento, la ciencia, la técnica y los valores de la cultura”.
Dicha corporación
ha reconocido la importancia para el desarrollo individual y social de este
derecho, por lo que en la Sentencia T-202 de 2000 la Corte estableció que “es indudable que el derecho a la educación
pertenece a la categoría de los derechos fundamentales, pues, su
núcleo esencial, comporta un factor de desarrollo
individual y social con cuyo ejercicio se materializa el desarrollo pleno del
ser humano en todas sus potencialidades.
Esta Corporación, también ha estimado que este derecho constituye un medio para
que el individuo se integre
efectiva y eficazmente a la sociedad; de allí su especial categoría que lo hace
parte de los derechos esenciales de las personas en la medida en que el
conocimiento es inherente a la naturaleza humana.”. En
consonancia con lo anterior, estableció que “la
normativa interna y la jurisprudencia constitucional, en completa armonía con
las normas internacionales sobre derechos humanos, le han otorgado a la
educación el carácter de derecho fundamental de aplicación inmediata e
inherente al ser humano, que le permite a los individuos acceder a un proceso
de formación personal, social y cultural de carácter permanente, que como tal,
tratándose de educación superior, se convierte en una obligación progresiva que
debe ser garantizado y promovido por el Estado, la sociedad y la familia,
sin que resulte admisible aceptar ningún tipo de restricción o desconocimiento
que impida su ejercicio”29.
25Ibídem.
26 Sentencia
T-002 de 1992
27 Ibidem.
28 Sentencia
T-807 de 2003
7.2. LA EDUCACIÓN SUPERIOR COMO BIEN COMÚN
En sentencia C-830
de 2010, la Corte se refiere al bien común como “garantizar la supremacía del bien común, representado en los
objetivos identificados por el Constituyente como propios de ese interés
general”. Si
se habla del bien común, éste deberá ser entendido como “aquel bien que atañe a todos los miembros de una comunidad
política como tal comunidad, o al conjunto de individuos de un grupo. En un
orden justo el bien común no se compone de la suma de bienes individuales ni se
opone a los mismos. El bien común se asimila así a una concepción de la
justicia que desarrolla tanto principios y derechos como una estructura política
básica que coincide con lo que conocemos por régimen constitucional.”30
Dentro del
desarrollo de la educación como derecho fundamental y bien común cabe
mencionar, finalmente, el
“criterio de las 4A”
elaborado por Katarina Tomaševski, ex relatora especial sobre el derecho a la
educación. La autora afirma que la asequibilidad, accesibilidad, aceptabilidad
y adaptabilidad son criterios fundamentales para el buen desarrollo de la
educación en todos sus niveles, por lo cual, su aplicación efectiva debe ser
garantizada por el Estado siendo éste el principal responsable de estas obligaciones31.
A partir del texto
constitucional y de los desarrollos jurisprudenciales de la Corte
Constitucional arriba señalados, se puede concluir que la educación en Colombia
es un derecho fundamental y un bien común inherente a la persona y, por ende,
se hacen válidas todas las consecuencias derivables de esta caracterización.
7.3. LA GRATUIDAD Y EL ACCESO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR
La viabilidad
fiscal de la gratuidad en materia de educación superior pública ha sido
enunciada anteriormente.
Además de ser económicamente sostenible, ésta es legalmente imperativa. El
carácter de derecho fundamental del que está dotada la educación superior
posibilita que ésta sea gratuita en todos sus niveles. Así mismo, el acceso y
la permanencia en la educación han sido entendidos por la Corte Constitucional
como el núcleo esencial del derecho a la educación32.
Al gozar la
educación de la doble condición de derecho y servicio público33, existe la posibilidad de que los particulares
puedan ofrecer la educación en sus distintos niveles, razón por la cual la
educación superior privada tiene plena cabida en el ordenamiento jurídico
nacional; no obstante, es clara la norma contenida en el mencionado artículo
donde se señala que “la educación será gratuita en las instituciones del
Estado”.
29 Sentencia
T-068 de 2012
30 CETINA,
Ariel. Sobre el bien público y el bien común.
31 http://www.right-to-education.org/es/node/758
32 Sentencia
T-329 de 1997
33 Artículo
67 de la Constitución Política de Colombia
Pese a que en la
Constitución Política no existe un desarrollo concreto del tema de la gratuidad
de la educación superior
pública más allá de lo mencionado, dentro del Bloque de constitucionalidad sí
existen elementos que nos aproximan a ella y que, en el marco de su desarrollo,
ofrecen aspectos importantes para tener en cuenta. Al respecto, es preciso
señalar que Colombia ha ratificado distintos tratados de Derechos Humanos en
los que se aborda específicamente el tema de la gratuidad en la educación;
entre éstos, cabe destacar la Declaración Universal de los Derechos Humanos y
el pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de San
Salvador.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos,
por una parte, señala que “la instrucción técnica y profesional
habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para
todos, en función de los méritos respectivos. (...)”34, lo anterior indica que, en términos de acceso, existen
mandatos de universalización, lo cual implica una
exigencia de la democratización del ingreso a la educación superior.
El pacto
internacional de Derechos económicos, sociales y culturales35 y el pacto de San Salvador, afirman que
“la enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la
capacidad de cada uno, por cuantos
medios sean apropiados y en particular, por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita”.
La referencia a la progresividad deviene
un elemento central que debe desarrollarse en tanto implica que si bien no es
un mandato imperativo a partir de la ratificación del Convenio, sí es ésta una
meta que debe realizarse paulatinamente. Sin embargo, aunque el Protocolo fue
firmado en 1988, las medidas que se han tomado en Colombia frente a la materia
han distado de ser progresivas.
La doctrina ha sido
clara en señalar que el carácter de la progresividad para este tipo de tratados
no enuncia simples
propósitos de los Estados firmantes, sino que son compromisos asumidos, en los
que no solamente existe el mandato de progresividad, sino la prohibición de
regresividad, es decir, la imposibilidad de que los Estados adopten medidas
contrarias a lo señalado, para este caso, la gratuidad en la educación superior
pública. En este sentido, el cumplimiento de los tratados internacionales
ratificados por el Estado colombiano debe manifestarse en la implementación de
la gratuidad en la educación superior pública con el objetivo mismo de cumplir
con los deberes internacionales asumidos por Colombia.
El marco jurídico
del derecho a la educación superior debe tener en cuenta las obligaciones del
Estado que surgen del bloque de constitucionalidad, las normas de derecho
internacional y la jurisprudencia constitucional; dentro de los fundamentos
jurídicos de la educación superior como derecho fundamental, estas normas
afirman el acceso y la gratuidad como sus características inherentes, no
obstante, la garantía eficaz de las mismas y, por tanto, la realización
efectiva del derecho no sólo pasa por las consideraciones jurídicas sino que se
legitima a través de la materialización de la educación superior como bien
común en donde la democratización y la movilización social juegan un papel
imprescindible en el alcance de estos objetivos.
Ahora bien, acorde
a la educación como derecho fundamental, es necesario que se haga un esfuerzo
por eliminar la concepción de mérito que se encuentra establecida en la
legislación actual, para lo que se precisan los elementos y alcances jurídicos
del derecho fundamental en términos de universalidad, acceso diferenciado y
requisitos para el ingreso a las instituciones de educación superior:
34 Artículo
26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
35 Suscrito
el 16 de diciembre de 1966, ratificado el 29 de octubre de 1969. Aprobado
mediante la ley 74 de 1968.
Universalidad en el acceso
La universalidad se
expresa en la accesibilidad a las IES, es decir, la realización para todos y
todas del derecho fundamental a la educación, lo cual implica el libre ingreso
a dichas instituciones y la participación del Estado como garante del
cumplimiento de este derecho.
Acceso diferenciado
Son las garantías
necesarias para alcanzar progresivamente la universalidad, teniendo en cuenta
que se deben reconocer las condiciones y contextos territoriales en el marco
del carácter de esta ley.
Se deben utilizar
múltiples herramientas para lograr un acceso diferenciado. Más allá de la
posibilidad de ingreso a las IES, se debe dar importancia a la permanencia, que
se encuentra reflejada en la accesibilidad económica (acceso) y material
(permanencia). El acceso diferenciado es el límite de los requisitos para el
ingreso a la educación superior.
Requisitos para el ingreso
Está referido al
ingreso a las IES. Cada institución de educación superior puede regular,
conforme a su criterio autónomo, el ingreso a la misma (exámenes puntajes etc.)
pero nadie puede quedarse por fuera del sistema de educación superior.
7.4. LA AUTONOMÍA Y LA DEMOCRACIA UNIVERSITARIAS
Frente a autonomía
y democracia, el texto constitucional y la Corte han desarrollado elementos
bastante significativos que tienen plena cabida dentro de la propuesta de Ley
de Educación Superior.
El texto
constitucional afirma que el “Estado garantiza la libertad de enseñanza, de
aprendizaje, de investigación y
cátedra” (Artículo 27), que constituyen elementos fundamentales de la autonomía universitaria.
Estas libertades, empero, no lo son solamente respecto al poder estatal, sino
también respecto a poderes
económicos particulares; cuestión que no va en contravía de la Constitución
Política. En ese sentido, la Corte ha afirmado que “la autonomía universitaria se concreta entonces en la libertad
académica, administrativa y económica de las instituciones de
educación superior. En ejercicio de ésta, las universidades tienen derecho a darse y modificar sus estatutos,
designar sus autoridades académicas y administrativas,
[…] la autonomía universitaria no es absoluta, puesto que corresponde al Estado
regular y ejercer la suprema
inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por
el cumplimiento de sus fines y
por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; y a la Ley
establecer las condiciones requeridas para la creación y gestión
de los centros educativos, y dictar las disposiciones generales con arreglo a las cuales las universidades
pueden darse sus directivas y regirse por sus estatutos”36. La autonomía universitaria tiene un rango constitucional
de derecho completamente ligado al Derecho
Fundamental a la educación, siendo ésta comprendida como la capacidad de las
universidades para autodeterminarse.
Estrechamente
ligada a la autonomía se encuentra además la democracia universitaria, pues la
misma Constitución Política ha señalado que “la
comunidad educativa participará en la dirección de las
instituciones de educación” (Artículo 68).
Resulta claro que la democracia como elemento constitutivo de la autonomía
obedece también a un criterio constitucional que puede desarrollarse sin ir en
contravía de las normas constitucionales.
7.5. UNA EDUCACIÓN PARA LA SOBERANÍA, LA DEMOCRACIA Y LA PAZ
La educación tiene
así mismo una función social que es reconocida en la Constitución Política, lo
cual implica que, con base en su autonomía, aporta a la dignificación de los
sujetos; la educación cumple por tanto, un papel importante dentro de las
lógicas académicas, sociales y culturales del país. Afirmamos, por ende, que
dentro del actual marco constitucional es posible plantear una Ley de Educación
Superior para la soberanía, la democracia y la paz, en tanto la educación sea
garantizada desde la perspectiva de derechos y no desde una lógica mercantil
que intenta transar los bienes comunes.
§ SOBERANÍA
La Corte ha
señalado que la educación es “una herramienta para edificar en el conglomerado
social la soberanía e independencia de los Estados”37.
El artículo 79 de la Constitución Política señala, además, que “es deber del
Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de
especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos
fines”. A la luz del mencionado artículo y la citada sentencia, resulta claro
el papel que ha de jugar la educación en la creación, construcción,
distribución y apropiación del conocimiento y la cultura así como en la defensa
del territorio el trabajo, la producción y la apuesta por la autodeterminación
del país a partir de la conservación de los recursos naturales y otros
elementos que permitan la edificación de una Colombia soberana.
§ DEMOCRACIA
El artículo 41 de
la Constitución Política señala que en todas las instituciones de educación
superior debe ser
obligatoria la enseñanza de la Constitución y la instrucción cívica. Esto no
puede entenderse, como una norma constitucional sin un trasfondo y una
intención, pues el artículo 67 de la misma Carta ha señalado que debe formarse
a los colombianos y las colombianas como sujetos respetuosos de la democracia.
El desarrollo de estos artículos, más allá de la enseñanza de la Constitución
Política en las instituciones educativas, proyecta la necesidad de formar
sujetos políticos que participen del debate de ideas con un espíritu crítico y
desde una perspectiva democrática para la satisfacción de los intereses
nacionales y populares.
36 Sentencia
C-547 de 1994
37 Sentencia
T-646 de 2011
§ PAZ
Ante la inminente
necesidad de paz en Colombia, las normas constitucionales han planteado la
responsabilidad de
la educación frente a su consecución que debe desarrollarse dentro de una nueva
ley de educación en cualquiera de sus niveles.
Haciendo referencia
a la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, en la sentencia T-
646 de 2011 anteriormente citada se ha señalado también que “la educación, a todos los niveles es uno
de los medios fundamentales para edificar una cultura de paz”. En la
Conferencia Mundial sobre la Educación Superior: “La Educación Superior en el Siglo XXI”,
organizada por la UNESCO38, en sentido análogo, se afirma que “la educación es uno de los pilares fundamentales de los derechos
humanos, la democracia, el desarrollo sostenible y la paz, por lo
que deberá ser accesible para todos a lo largo de toda la vida”.
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